Isabel Rodríguez, ministra de Vivienda y Agenda Urbana / EFE

Isabel Rodríguez, ministra de Vivienda y Agenda Urbana / EFE

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Es oficial: los inquilinos tienen derecho a permanecer en la vivienda, aunque venza el contrato de alquiler

Barcelona sigue siendo la capital con los alquileres más alto de España. Según los últimos datos de Idealista, el precio por metro cuadrado alcanza los 24 euros

Ya ha entrado en vigor: ayuda de hasta 18.800 euros que financia el 80% de las reformas y renovación de vivienda

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En España, en los últimos años, la vivienda ha experimentado un incremento del precio considerablemente, llegando a máximos históricos. Según los últimos datos registrados, el precio se ha multiplicado por dos en la última década.

Este es uno de los principales problemas de la vivienda, lo que genera grandes barreras de acceso al sector inmobiliario. Concretamente, Barcelona sigue siendo la capital con los alquileres más alto de España. Según los últimos datos de Idealista, el precio por metro cuadrado alcanza los 24 euros.

En esta línea, la vivienda es la mayor preocupación de todos los catalanes. La falta de oferta, la alta demanda y los precios de mercados hacen que para los jóvenes sea misión imposible acceder a una vivienda. Por ende, muchos aún viven de alquiler compartiendo pisos con más compañeros.

Sin embargo, el ministerio de Vivienda ha lanzado una medida con el objetivo de proteger a los inquilinos frente a los propietarios. Hablamos de la nueva reforma en la ley de viviendas que recoge que los inquilinos pueden prolongar o permanecer en la propiedad, en caso de que el propietario decida no renovar si se da una serie de requisitos.

Según recoge el artículo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, “si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquel, o siete años si el arrendador fuese persona jurídica, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con cuatro meses de antelación a aquella fecha en el caso del arrendador y al menos con dos meses de antelación en el caso del arrendatario, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato”.

En el mejor de los casos, permite que el inquilino se quede en la vivienda, aunque haya vencido contrato. Por tanto, a partir del cambio, si el plazo firmado es inferior a cinco años o siete (en el caso persona jurídica), el contrato será prolongado de forma automática hasta alcanzar esos plazos.

Esto implica que, si el acuerdo es de 3 años entre propietario e inquilino, este podrá permanecer en la vivienda hasta los cinco o los siete, según cada situación.