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Imagen de la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen Europa Press

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Bruselas cambia las normas: Cataluña tendrá que cumplir y eximir de pagar el IVA a los pequeños autónomos

La nueva normativa comunitaria abre la puerta a liberar de este tributo a los profesionales con menores ingresos, a la espera de que el Gobierno central defina su aplicación en el territorio

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El Gobierno central sigue teniendo una asignatura pendiente con la transposición de la Directiva europea 2020/285. Esta normativa comunitaria trae bajo el brazo el esperado régimen de IVA franquiciado para los negocios más modestos.

Gracias a este sistema, miles de profesionales con bajos ingresos podrían dejar de repercutir este impuesto a sus clientes. Además, se liberarían de la pesada carga de presentar declaraciones trimestrales y resúmenes anuales.

Límite de facturación europeo

La legislación comunitaria establece un tope máximo de 85.000 euros al año para poder disfrutar de esta ventaja fiscal. Sin embargo, cada estado miembro tiene la potestad de rebajar esa cifra y adaptarla a su propia realidad tributaria.

Una vez que el Estado apruebe la norma, Cataluña tendrá que aplicarla a su tejido productivo de forma obligatoria. Esto beneficiará directamente a miles de pequeños autónomos catalanes, reduciendo drásticamente su burocracia diaria.

El retraso de España

El plazo oficial marcado por Europa para integrar esta medida finalizó el pasado 31 de diciembre de 2024. Pese a ello, el Ejecutivo central todavía sigue buscando el encaje legal adecuado dentro del actual sistema tributario nacional.

Una calculadora

Una calculadora

Quienes se acojan a este régimen de franquicia ganarán un mayor margen competitivo frente a los clientes particulares. Al no tener que sumar el porcentaje impositivo a sus tarifas, sus servicios resultarán mucho más económicos y atractivos.

La letra pequeña del sistema

No obstante, esta medida simplificadora esconde una contrapartida importante que cada trabajador deberá analizar minuciosamente. Al no cobrar el impuesto a sus clientes, el profesional perderá automáticamente el derecho a deducirse el IVA de sus propios gastos.

El artículo 284 de esta directiva europea deja un amplio margen de maniobra a las administraciones de cada país. No existe una obligación estricta de aplicar las exenciones en los términos máximos que ha diseñado Bruselas.

El mapa fiscal europeo

Varios países de nuestro entorno ya han hecho sus deberes adaptando los umbrales a sus economías. Alemania lo aplica a quienes facturan menos de 22.000 euros, mientras que Francia eleva el corte hasta los 33.800 en el sector servicios.

Calculadora, dinero y reloj

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Por su parte, Italia ha decidido exprimir al máximo las posibilidades que ofrece la normativa comunitaria. El país transalpino ha fijado su límite en los 85.000 euros anuales, alcanzando el tope absoluto permitido por las autoridades europeas.

Toque de atención comunitario

Ante esta disparidad normativa, la Comisión Europea ha lanzado serias advertencias para que se acelere la transposición en España. La norma debería estar plenamente operativa en el ordenamiento jurídico desde el pasado año 2025.

Este retraso genera un evidente desequilibrio competitivo en el seno del mercado único europeo. Los trabajadores españoles y catalanes juegan con desventaja al tener que seguir liquidando sus impuestos periódicamente frente a sus vecinos.

Reclamaciones del sector

Organizaciones representativas de los trabajadores por cuenta propia, como ATA, exigen la adopción urgente de este modelo simplificado. Lorenzo Amor, presidente de la entidad, denuncia la penalización que sufren los profesionales patrios.

El Ejecutivo mantiene en estudio la integración definitiva de este esperado régimen fiscal en nuestra legislación. Todo apunta a que a lo largo de este 2026 se definirán por fin las condiciones y umbrales exactos para operar con esta franquicia.