La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) ha publicado el padrón definitivo correspondiente al ejercicio 2022 de todos los vehículos que tributan por el impuesto sobre las emisiones de CO2.
A partir del 1 de septiembre, las personas que sean titulares de uno o más vehículos pueden consultar los datos del padrón definitivo y la cuota que deben pagar en la sede electrónica de la ATC atc.gencat.cat, accediendo con el NIF y la matrícula (para un vehículo concreto) o con identificación digital, utilizando idCAT Mòbil u otro certificado digital, para visualizar todos los vehículos sujetos al impuesto de los que se es titular.
Este impuesto verde, en línea con la fiscalidad ambiental que se promueve en Europa para luchar contra el cambio climático, grava las emisiones de CO2 de turismos, furgonetas y motocicletas por su impacto directo en el efecto invernadero y el calentamiento global, y, por tanto, sobre la salud de las personas.
Fechas y canales de pago
Los vehículos que tienen el pago domiciliado recibirán un cargo en cuenta el 20.11.2023.
Los vehículos que no tienen el pago domiciliado:
• Si ya tributaron el año anterior, la fecha límite de pago es el 20.11.2023.
Para facilitar el pago de los vehículos que ya constaban en el padrón el año anterior, el titular recibirá en su domicilio una carta informativa junto con una carta de pago con el importe a ingresar.
• Los vehículos de nueva tributación tienen que pagar según la fecha que se indique en la notificación que el titular recibirá en su domicilio.
Este ejercicio, para facilitar un acceso más inmediato a la carta informativa, como novedad, también se puede acceder a través del canal electrónico desde las Notificaciones electrónicas de la sede electrónica de la ATC, sin necesidad de estar suscrito a la notificación electrónica. Sólo es necesario identificarse con idCAT Mòbil u otro certificado digital y se podrá disponer al momento de la carta para realizar el pago a través de los diferentes medios habilitados.
En caso de que, al recibir la notificación para pagar el impuesto, se encuentre algún dato incorrecto, se puede interponer un recurso accediendo a la página de consulta del padrón (atc.gencat.cat/co2padro).
¿Cómo se puede pagar?
Si no se ha domiciliado el pago, desde el día 1 de septiembre se puede pagar a través de la consulta del padrón definitivo en la sede electrónica de la ATC: atc.gencat.cat/co2padro (con tarjeta, cargo en cuenta corriente y Bizum); en el teléfono 012, con pago automatizado; en el teléfono de 'L’ATC us truca' (93 551 51 51); en entidades financieras colaboradoras; en las oficinas de Correos, y en todas las oficinas y delegaciones de la ATC, con cita recomendada. También se puede utilizar el código QR que se incluye en la carta de pago.
¿Quién debe pagar el impuesto?
Tienen que pagar el impuesto las personas físicas y jurídicas que durante el año 2022 han tenido domicilio fiscal en Cataluña y han sido titulares de un vehículo (turismo, furgoneta o motocicleta). En concreto, están sujetos los turismos y motocicletas con unas emisiones oficiales de más de 120 g/CO2 por km (y de más de 160 g/CO2 por km, en el caso de las furgonetas) y que tengan una cuota a ingresar superior a 6 euros.
También están obligadas las personas jurídicas sin residencia fiscal en Cataluña, pero que, en 2022, han tenido un establecimiento, sucursal u oficina y han sido titulares de algún vehículo domiciliado en Cataluña.
¿Quién no está sujeto al impuesto o está exento?
No están sujetos al pago los vehículos 100% eléctricos, los ciclomotores, los camiones o vehículos de más de 3,5 toneladas, los autocares y los vehículos autorizados a transportar a más de 9 personas (incluyendo el conductor).
Están exentos los vehículos adaptados para la conducción de personas con movilidad reducida. Los vehículos con matrícula de vehículo histórico y los vehículos clásicos disfrutan de una bonificación del 100% de la cuota íntegra y, por lo tanto, tampoco tributan. Asimismo, no tienen que pagar el impuesto los titulares de los vehículos que no superen los 6 euros de cuota a ingresar.
¿A dónde va la recaudación?
Todo lo que se recauda con el impuesto se destina íntegramente al Fondo Climático y al Fondo del Patrimonio Natural, y retorna a las personas a través de la inversión en acciones para mejorar el medio ambiente; fomentar la movilidad sostenible y la transición energética, prevenir incendios forestales y adaptar los bosques a la emergencia climática, conservar los parques naturales, restaurar los ecosistemas marinos, e impulsar la investigación y la innovación para mitigar el cambio climático.
Canales de atención a disposición de la ciudadanía
Sede electrónica de la ATC: toda la información sobre el impuesto, asistente virtual, consulta del padrón, pago, domiciliación y otros trámites relacionados atc.gencat.cat/impostco2.
Teléfono 012. Consultas de carácter general y pago automatizado.
L’ATC us truca (93 551 51 51). Teléfono de asistencia en la tramitación.
Oficinas de la ATC. Se recomienda solicitar cita en atc.gencat.cat/citaprevia.
Oficinas de la red Tributos de Cataluña: información general sobre el impuesto tributs.cat/es/oficines.
Para saber más, se puede visitar la web impostco2.gencat.cat