La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha suspendido el régimen de visitas de un maltratador reincidente a su hija de cinco años por suponer un “pésimo modelo” para la pequeña. De hecho, el auto escrito por el magistrado Seoane va más allá y señala que el hombre no está en condiciones de “asumir las funciones parentales, lo que coloca a la menor en una situación de vulnerabilidad”; afirma que mantiene una actitud de “menosprecio por la persona más importante de la vida de la menor”, su madre; y le insta a que si realmente tiene “un propósito serio” de recuperar la relación con la niña, “controle sus impulsos” y se trate los “desajustes psicológicos” que le llevan a ser una persona “impulsiva, hostil y que se encuentra furioso la mayor parte del tiempo”.
El Alto Tribunal ha marcado de forma clara el camino que el resto de la judicatura debe tomar ante casos análogos y que no se asume de forma habitual. De hecho, lo normal es que prevalezca el derecho de los progenitores a la integridad física y mental de los menores de edad. La resolución debe sentar jurisprudencia.