‘El cas Rosell’ destapa tres errores judiciales que refuerzan la querella contra la jueza Lamela
El documental recortado de TV3 sobre el expresidente del Barça alimenta la tesis sobre un supuesto delito de prevaricación
18 mayo, 2020 02:05Este domingo se estrenó en TV3 el documental supuestamente censurado sobre el encarcelamiento de Sandro Rosell. Dirigido por el periodista Víctor Lavagnini, que se negó a firmarlo porque la dirección de la televisión pública catalana le pasó la tijera a un episodio relativo a la empresa filial de Jaume Roures vinculada a Mediapro, Imagina Group, según denunció este sábado el comité de empresa de TV3.
Pese a los recortes informativos, el documental fue emitido tres meses después de su producción –se preparó en febrero– y sacó luz sobre algunas de las muchas sombras que envuelven el turbio proceso judicial que tuvo a Rosell 643 días en la cárcel. Le llegaron a pedir una pena de 11 años de prisión y una multa de 59 millones de euros por supuesto blanqueo de casi 15 millones de euros (14.973.328) procedentes de dos operaciones: una intermediación con la empresa Uptrend donde cobró 8.393.328 euros y la venta de Bonus Sports Marketing (6.580.000 euros).
Esos casi dos años de prisión preventiva se resumen en el reportaje con los testimonios del propio Rosell, su socio y compañero de celda Joan Besolí, su esposa Marta Pineda y muchos otros entrevistados como su hermano Joan o el padre Paulino, de la prisión de Soto del Real. Sin embargo, también toman una relevante importancia las intervenciones de valor jurídico pronunciadas por los abogados de Sandro, Pau Molins y Andrés Maluenda, y otros juristas de renombre que reconocen el grave error judicial producido.
Carmen Lamela, magistrada de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, junto al presidente de la misma, Manuel Marchena
Carmen Lamela, la jueza instructora del caso en la Audiencia Nacional, es la principal señalada por Rosell y Besolí. Ambos la describen como “una mujer fría y distante”, que parecía más pendiente de sus papeles que de escuchar sus declaraciones durante los interrogatorios.
Ese es uno de los motivos que seguramente no sirvan para justificar la querella por un supuesto delito de prevaricación que pusieron en marcha los abogados de Sandro Rosell el pasado mes de marzo. En cambio, el documental de TV3 destapa tres supuestos errores judiciales que forman parte de la causa.
Los tres errores judiciales
El primero de ellos es que el principio de la causa se basó en una acusación sobre Ricardo Teixeira por corrupción pública en Brasil. Cuando la CBF (Confederación Brasileña de Fútbol) se defendió alegando que no es una institución pública, sino privada, y que no recibía ningún tipo de fondo ni subvención pública, aquella acusación perdió fuerza. La redirigieron mediante una acusación de corrupción privada, pero ese delito no estaba reconocido en Brasil.
Andrés Maluenda y Pau Molins, los abogados de Sandro Rosell / EFE
Otro aspecto muy llamativo de la administración judicial en el caso contra Rosell lo explica Andrés Maluenda cuando dice que “es lo que me parece más sorprendente del caso”. Y es que el inicio de la causa se basaba en una comisión rogatoria internacional de Estados Unidos, que solicitaba la colaboración de las autoridades españolas. Cuando los abogados de Rosell solicitaron la copia de ese documento, aspecto elemental para garantizar el derecho de defensa de cualquier acusado, obtuvieron un no por respuesta. Maluenda asegura que le dijeron que ese documento ya no obraba en las dependencias judiciales.
Por último, un error de forma que denuncia el propio Rosell relativo a uno de los numerosos autos donde se le denegó la prisión provisional. En el escrito, en lugar de poner el nombre de Rosell al final del texto, ponía el de otra persona que nada tenía que ver con su causa. Se trataba de un modelo de auto en el que probablemente se había llevado a cabo un “copiar y pegar” que revela una supuesta falta de personalización en algo tan personal y sensible como es una petición de libertad por parte de una persona que, como presidiaria, está privada de un derecho fundamental tan importante como es la libertad, recogioa en el artículo 17 de la Constitución Española.