Robert Lewandowski, en su presentación con el Barça junto a Joan Laporta

Robert Lewandowski, en su presentación con el Barça junto a Joan Laporta EUROPA PRESS

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Nueva denuncia anónima en el Barça: apuntan a Laporta por la estafa fallida en el fichaje de Lewandowski

Un grupo de socios envía una reclamación a través del canal ético ante la falta de mecanismos internos para prevenir el fraude 

Contenido relacionado: dos denuncias anónimas ponen en jaque a la junta directiva de Laporta por el aval de 124 millones y el préstamo de ISL

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El canal ético del FC Barcelona recibe todo tipo de comunicaciones relacionadas con posibles irregularidades o incumplimiento. En el caso de incurrir en infracciones, pueden hacer referencia a los estatutos del club y/o al código penal, es decir, delitos. Días atrás, Culemanía informó sobre dos denuncias anónimas realizadas por socios del Barça. El grupo de aficionados autores de la reclamación clamaba contra la confección del aval de 124,6 millones de euros por parte de la junta directiva que preside Joan Laporta.

Los denunciantes también advirtieron el posible conflicto de intereses en el préstamo de ISL Futbol LLC, empresa que meses más tarde organizó la gira de amistosos del equipo azulgrana por Estados Unidos. Nuevamente, la misma dirección de correo electrónico ha contactado con este medio para compartir otra reclamación que aguarda la respuesta de la entidad catalana. Esta vez, se denomina caso Chipre y hace referencia al intento de estafa sufrido por el Barça en el fichaje de Robert Lewandowski.

Transferencia bloqueada

Varios directivos del Barça recibieron un correo electrónico, supuestamente enviado por el representante del delantero polaco, Pini Zahavi, en julio de 2022. El email en cuestión exigía el pago de una comisión de 1,1 millones de dólares al agente israelí. El dinero debía transferirse a una cuenta del Banco de Chipre que ni siquiera estaba a nombre del representante, sino de Michael Gerardus Hermanus Demon, presentado como abogado.

El club realizó el desembolso, pero el departamento de compliance de la entidad financiera chipriota bloqueó la transacción. La unidad de cumplimiento catalogó la operación de "alto riesgo". La cuenta receptora del importe no tenía actividad previa, se había abierto el mismo mes, y no se presentó la documentación acreditativa para justificar la transferencia.

No hubo investigación

Según la investigación destapada por la Cadena Ser Catalunya, en conjunto con Paper Trail Media (PTM) y el Proyecto de Información sobre Crimen Organizado y Corrupción (OCCRP), la persona que suplantaba a Zahavi trató de persuadir al banco sobre el desbloqueo del pago sin éxito. También envió varios correos electrónicos al Barça con amenaza de denuncia ante la UEFA si no se realizaba el abonamiento.

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Las mismas fuentes informaron que el club azulgrana admitió el intento de estafa fallido y aseguró que recuperó el millón de euros. Según la versión del FC Barcelona, denunciaron el caso ante los Mossos d'Esquadra. Con esto, la policía catalana comunicó a los periodistas autores de la investigación que no se inició ninguna investigación, porque no se había presentado ninguna denuncia formal.

Obligación de reportar

Precisamente, el reglamento de la Unión Europea (UE) 2024/1624, aprobado el 31 de mayo de 2024, incluyó a los clubes profesionales y agentes de fútbol entre las entidades obligadas a cumplir las normas de prevención de blanqueo de capitales. Entre los deberes de dichos entes, se deben implantar políticas internas, controles y procedimientos contra el blanqueo. No obstante, la legislación no comenzará a aplicarse hasta el 10 de julio de 2029.

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De todos modos, la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo recoge en sus artículos 4 y 10 la obligación de identificar el titular real y reportar una operación sospechosa, como es el caso del intento de estafa sufrido. Los socios denunciantes avisan que el delito de estafa informática está penado en los artículos 248 y 249 del Código Penal. El artículo 252 también advierte del castigo para quienes administran un "patrimonio ajeno" y causan un "perjuicio". En este caso, si el dinero regresó a su origen

"No consta denuncia penal"

Los autores de la reclamación apuntan hacia una posible responsabilidad disciplinaria interna por la falta de controles internos de pagos al ordenar la transferencia sin requerir validaciones adicionales. Se habría violado el código ético y la política de cumplimiento. A efectos penales, el quid de la cuestión reside en la obligación de reportar el intento de estafa a SEPBLAC (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias).

Un grupo de socios emite una denuncia anónima en el canal ético del Barça por la estafa en el fichaje de Robert Lewandowski

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El SEPBLAC es la unidad de inteligencia financiera española y recibe la información sobre actividades sospechosas de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Los sujetos obligados como bancos y otras entidades remiten a dicha organización indicios de blanqueo de capitales, estafa u otros delitos financieros. Los propios socios emisores de la reclamación sostienen que no consta denuncia penal del Barça.

Obligación de emitir una ROS

Si bien la nueva normativa europea todavía no ha entrado en vigor, en España la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo sí que recoge el deber del club catalán de reportar al SEPBLAC en ciertas circunstancias. Los movimientos complejos, fraccionados o inusuales, como es el caso de la transferencia de 1,1 millones de dólares en el marco de un fichaje que costó 45 millones de euros fijos más 5 en variables. Además, España contempla a Chipre como un paraíso fiscal, otra condición que convierte en obligatoria la emisión de una ROS.

SEPBLAC, el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias

SEPBLAC, el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias EUROPA PRESS

¿Qué es una ROS? La Comunicación de Operación Sospechosa, es la notificación que un sujeto obligado remite a la SEPBLAC si halla indicativos de actividad sospechosa. En conclusión, los demandantes consideran que el Barça se expone a una infracción de la ley de prevención de blanqueo por no reportar ROS y a un delito de administración desleal por falta de mecanismos internos de control.