Imagen del Camp Nou vacío antes de la remodelación del Espai Barça / REDES

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Culemaníacos

El Supremo confirma los cuatro años de cárcel a un exfisioterapeuta del Barça por abuso sexual

Realizó tocamientos a una empleada del club cuando le atendía de un dolor de cervicales

3 agosto, 2023 14:10

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Cuatro años de cárcel a un exfisioterapeuta del FC Barcelona, Jaume Jardí Llorente, por abusar sexualmente de una trabajadora. El Tribunal Supremo ha confirmado ya la condena de prisión, impuesta por realizar tocamientos a una empleada del club sin su consentimiento durante una sesión de fisioterapia.

El condenado trabajaba como fisioterapeuta y osteópata en el club desde hacía 30 años. Primero como coordinador y en el equipo de Primera División. Y en 2016, cuando ocurrieron los hechos, como fisioterapeuta de los empleados del club. La trabajadora sufría un bloqueo en la cabeza y el cuello derivado de la patología que sufría, y el médico del club le había recomendado un tratamiento de fisioterapia.

Jaume Jardí Llorente deberá cumplir cuatro años de prisión / EL ESPAÑOL

Jaume Jardí Llorente deberá cumplir cuatro años de prisión / EL ESPAÑOL

Según los hechos probados, en la tercera sesión intentó masajear por la zona del abdomen a la trabajadora en cuestión, bajando hasta la zona del pubis. La empleada le advirtió entonces que tenía la regla, instante en el cual éste paró el masaje. En la cuarta sesión, el condenado efectuó tocamientos en los pechos y en el clítoris a la paciente, todo ello sin contar con su consentimiento.

Jaume Jardí Llorente le preguntó si se encontraba bien, y ella contestó que sí para acabar con la situación y salir del lugar. Tras lo ocurrido, la mujer sufrió un trastorno adaptativo con ansiedad reactiva, permaneciendo dos meses de baja.

El Barça, responsable civil subsidiario

La Sala de lo Penal ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. Además de la citada pena de prisión de cuatro años, la sentencia de primera instancia le impuso una pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de osteópata o fisioterapeuta por un plazo de dos años, además del pago de una indemnización de 10.000 euros por los daños y perjuicios causados a la mujer.

Imagen de archivo de La Masia / EFE

Imagen de archivo de La Masia / EFE

El FC Barcelona fue declarado responsable civil subsidiario de esa cantidad. El tribunal  rechaza en su sentencia la hipótesis del condenado --quien señaló que su actuación estaba justificada sanitariamente-- y hace hincapié en que las manifestaciones de la víctima sobre tocamientos en pechos y estiramientos en los pezones, con movimientos que de ninguna forma pueden justificarse desde una perspectiva terapeútica, privan en buena medida de crédito a los restantes alegatos.

Una defensa sin sentido alguno

Agrega además el auto que “si no se hubiesen producido esos masajes en los pechos, podría gozar de alguna oportunidad el argumentario propuesto a, al menos, generar dudas sobre los movimientos circulares con un dedo en el clítoris; pero si se dan por veraces esos otros frotamientos, pierde verosimilitud la hipótesis de que la introducción de dedos (sin guantes) en la cavidad vaginal con los movimientos circulares que describe la víctima, formasen parte del tratamiento aplicado”.

En este sentido, el Tribunal indica que “la víctima fuese alentada a denunciar por personal del club, ni merma credibilidad a su relato ni, desde luego, priva de eficacia a la denuncia como condición requerida para la perseguibilidad”. Una nueva polémica, aunque sea de forma indirecta, para el FC Barcelona.