La Audiencia Nacional ha condenado a Adif a pagar una indemnización de 176.239 euros a los padres de Lucía Vivar, la menor de 3 años que fue atropellada en Pizarra (Málaga) por un tren tras su desaparición en julio de 2017.
La menor desapareció sobre las 23.20 horas del día 26 de julio mientras jugaba con sus primos en la terraza de un restaurante de la estación de Cercanías del municipio donde cenaban sus familiares. El cuerpo sin vida de la niña era localizado a primeras horas del día siguiente junto a la línea ferroviaria, a unos cuatro kilómetros de donde desapareció.
Falta de medidas
La sentencia determina una relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y los daños reclamados por lo sucedido, así como por falta de colaboración en la búsqueda. Asimismo, reprocha a la empresa que no suspendiera el tráfico ferroviario hasta que la menor fuera localizada, como tampoco se adoptó de manera correcta la medida de seguridad de 'marcha a la vista'.
Otro de los actos que critica el juez es que no procedió al correcto visionado de la grabación de las cámaras de seguridad en el Centro de Protección y Seguridad de Sevilla, “lo que hubiera facilitado la localización de la menor”. Dijeron que no se veía nada y, posteriormente, “cuando ya era demasiado tarde”, vieron a la menor andando hacia las vías del tren, en dirección a Álora (Málaga).
Descuido de seguridad
Los magistrados señalan que “bastaba con el visionado de las imágenes grabadas durante diez minutos, concretamente desde las 23:30 horas a las 23:40 horas, pues ese fue el lapso temporal en el que la menor desapareció de la presencia de sus familiares”.
Del mismo modo, subrayan que “ese visionado se debería de haber realizado con la diligencia y minuciosidad que el asunto requería”. Lamentablemente no fue así. El padre, ahora, piensa recurrir a la vía penal.
Por lo penal
La resolución estima parcialmente el recurso interpuesto por el abogado Marcos García Montes, en representación de los padres, contra la resolución de Adif que desestimó la reclamación de responsabilidad patrimonial como consecuencia de la muerte de la niña. Y es de forma parcial porque no concede indemnización por daños morales.
El letrado de los padres incide en que la sentencia establece "de forma indubitada la negligencia por parte de Adif", por lo que presentará la resolución "ante los juzgados, tribunales y organismos, incluido el Ministerio del Interior en el procedimiento de responsabilidad patrimonial, sin perjuicio de pedir la reapertura del procedimiento", que en su día fue archivado en el Juzgado de Instrucción número 10 de Málaga.