Marcha feminista del 8 de marzo / EFE

Marcha feminista del 8 de marzo / EFE

Sucesos

Absuelven a dos acusados por violación porque la víctima era "fea y demasiado masculina"

Un tribunal italiano sostiene que la chica era poco atractiva para ser agredida

13 marzo, 2019 11:17

Un tribunal italiano ha absuelto a dos acusados de agredir sexualmente a una joven peruana porque era “demasiado masculina, fea y poco atractiva para ser violada”. Una sentencia que ha indignado al país.

Los jóvenes --también peruanos-- habían sido condenados en primer grado a cinco y tres años de prisión por haber drogado y atacado a la chica de 22 años. Tras recurrir la sentencia, un tribunal de apelación ha determinado que no son culpables por la apariencia de la víctima. El ministerio de Justicia de Italia ha anunciado este lunes que examinará el fallo.

Polémica sentencia

El tribunal, que integraban tres juezas, los absolvió al considerar que, tal y como argumentaron los abusadores, la víctima no les gustaba por su aspecto poco femenino, hasta el punto de que uno de ellos la tenía registrada en su teléfono móvil con el sobrenombre de “vikingo”.

La polémica sentencia fue anulada ayer en Casación y el proceso de apelación deberá celebrarse de nuevo en la ciudad de Perugia.

Protestas

Este polémico fallo ha provocado la indignación de colectivos feministas que organizaron una protesta frente a la sede del tribunal de apelación. También asociaciones de derechos humanos han criticado el lenguaje que utilizaron los magistrados para absolver a los condenados.

Sergio Sottani, el fiscal general que impugnó la sentencia, ha criticado que "las palabras que se utilizan puedan constituir una forma más de violencia contra la mujer". Además rechazó que la falta de atracción sexual del presunto violador por la víctima pueda representar un elemento absolutorio.

La “sentencia de la minifalda”

Esta no es la primera sentencia por un caso de agresión o abuso sexual que deja en una situación de indefensión a la víctima. En 1990, el Tribunal Supremo confirmó una sentencia de la Audiencia de Lleida que sostenía que una chica de 17 años pudo provocar al agresor por su “vestimenta”. La joven llevaba una minifalda.

Aunque se consideró probado que el individuo había realizado tocamientos a la menor, la condena fue una multa de 40.000 pesetas por un delito de abusos deshonestos.