Cataluña es una de las comunidades autónomas más caras de toda España, es por eso por lo que siempre estamos pensando donde puede haber cualquier mínima ayuda o de donde podemos sacar la mayor rentabilidad en cuánto a dinero se refiere. La vivienda: tener o no tener esa es la cuestión. ¿Alquilar o comprar? ¿Cuál es la mejor decisión? La verdad en que no nos centraremos en cuál de las dos opciones es la mejor, sino en investigar qué ayudas nos pueden favorecer más.
Si decides alquilar…
La Generalitat de Catalunya ofrece ayuda a los jóvenes menores de 35 años. La prestación puede percibirse desde los 20 euros hasta los 250 euros mensuales, dependiendo de los ingresos y de la zona donde se sitúe la vivienda. Es necesario vivir en Cataluña y que uno de los arrendatarios esté empadronado allí.
Tus ingresos no pueden superar los 23.725 euros al año, el importe del alquiler no puede sobrepasar el máximo establecido y no puedes estar percibiendo otras subvenciones relacionadas con la vivienda.
También, hay otras dos líneas: si tienes entre 36 y 64 años o si eres mayor de 65. Te puedes beneficiar de esta ventaja de igual manera y los requisitos son iguales al de los menores de 35 años.
La cifra límite varía en las diferentes zonas de la región: 900 euros por vivienda (450 por habitación) dentro del área metropolitana de Barcelona; 650 euros en el resto de la demarcación de Barcelona y Girona; y 600 euros por vivienda en Tarragona, Lleida y en las Tierras del Ebro.
También para familias numerosas, familias monoparentales y para unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad legalmente reconocida y baremo movilidad favorable; el importe máximo será de 900 euros en todo el territorio de Cataluña.
Si decides vender…
La red de viviendas de protección oficial de Cataluña está destinada para aquellas personas con bajos recursos que necesiten un hogar. Para poder acceder a la compra de viviendas de protección oficial hay que cumplir una serie de requisitos como inscribirse como solicitante de vivienda.
Cataluña cuenta con un régimen fiscal que favorece en algunos supuestos la compra de vivienda. Los menores de 32 años que adquieran un inmueble para ser su vivienda habitual, solo tributarán sobre el 5% al impuesto sobre transmisiones patrimoniales. Por otro lado, si eres menor de 36 años y recibes la donación de una vivienda, obtendrás una reducción en el impuesto de sucesiones y donaciones por un máximo de 60.000 euros.