¿Qué ocurre si solicito préstamos personales y luego me arrepiento?
Todos los usuarios tienen derecho de desistimiento del contrato, siempre dentro de unos plazos y con unas condiciones concretas
5 marzo, 2017 13:28Todos y cada uno de los usuarios tienen derecho a la cancelación de préstamos personales solicitados, de acuerdo con la Ley 16/2011, del 24 de junio, de contrato de créditos al consumo.
Esta ley dice que “es la facultad del consumidor de dejar sin efecto el contrato celebrado, comunicándoselo así a la otra parte contratante sin necesidad de indicar los motivos y sin penalización alguna”. Esta normativa permite la cancelación del contrato del préstamo solicitado sin ningún tipo de coste adicional por ello. El comparador de créditos HelpMyCash.com cuenta los derechos y obligaciones del cliente para el desistimiento del préstamo.
Cómo funciona el derecho de desistimiento de los préstamos personales
El derecho de desistimiento es la posibilidad que tiene el usuario de cancelación anticipada de préstamos sin problemas. Aunque existen ciertas restricciones y normas para hacerlo.
Según el artículo 28 de la Ley publicada en el BOE el 25 de junio de 2011, el plazo para poder ejercer este derecho de desistimiento es de 14 días naturales desde la fecha de firma del contrato o desde la fecha en la que el cliente recibe las condiciones contractuales.
Es por esto que es importante realizar la notificación a la entidad antes de esas dos semanas y ésta deberá ser entregada en papel u otro soporte duradero al prestamista. Es recomendable solicitar al empleado que entregue una fotocopia sellada del escrito para tener un resguardo de que la ha recibido correctamente.
Aunque el desistimiento no tendrá ninguna penalización, hay que reembolsarlo pagando los intereses generados desde el día de la concesión y la fecha de la devolución, la cual será en un plazo máximo de 30 días naturales desde la notificación a la entidad.
¿Y si se quiere devolver los créditos a mitad del plazo?
En el caso de querer devolver el crédito fuera del plazo de los 14 días, la única manera de hacerlo será solicitando una amortización anticipada de este. La amortización podrá ser del total del capital del crédito o de una parte y podrá realizarse en cualquier momento de la vida del préstamo.
En algunas ocasiones, las entidades podrán cobrar una comisión por este servicio. Este coste no se ve reflejado en la TAE, ya que no es un coste que se repercuta a todos los prestatarios. De todas maneras deberá estar debidamente especificado en el contrato del préstamo.
En el artículo 30 de la Ley 16/2011 de contratos de créditos al consumo se establecen unos límites a esta comisión. El coste de amortizar anticipadamente un crédito no podrá ser superior al 1% del importe a reembolsar si el periodo entre la devolución y el cese del contrato es superior a un año, y no podrá superar el 0,5% si el plazo es inferior.
Por lo general, la amortización anticipada se utiliza ante un extra de liquidez del cliente que le permite reducir o eliminar la deuda para poder ahorrar en los intereses que se generarían durante el periodo restante.