Salvador Illa - Imagen de Archivo / EFE

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Confirmado por la Generalitat de Catalunya: la nueva convocatoria de ayuda de Illa para que los autónomos ahorren hasta 21.762 euros

El Govern de Illa trabaja en diferentes medidas para agilizar y facilitar a los autónomos su crecimiento, contratando personas de manera indefinida, durante un periodo mínimo de 18 meses

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La Comunidad de Cataluña sigue apostando por los autónomos para que continúen impulsando la economía a través de la creación de empleo y desarrollo de pequeños negocios, aportando flexibilidad y especialización en la actividad económica.

En este sentido, el Govern de Illa trabaja en diferentes medidas para agilizar y facilitar a los empresarios individuales su crecimiento. Dentro del catálogo de subvenciones que tiene activa en estos momentos Cataluña, destaca la nueva convocatoria de ayuda dentro del programa TU+1 2025.

Con esta prestación, la Genarilitat pretende incentivar a las personas autónomas, sin trabajadores a su cargo, a contratar personas de manera indefinida, durante un periodo mínimo de 18 meses.

Eso sí, las personas contratadas tienen que estar en situación de paro e inscritas como demandantes de ocupación no ocupado (DONO) en el Servicio Público de Ocupación de Cataluña (SOC).

Plazos y cómo solicitar la ayuda

La prestación para inversiones empresariales de alto impacto se puede solicitar desde el pasado 8 de septiembre hasta las 14 horas del próximo 25 de septiembre de 2025. Es un trámite que solo se puede realizar por vía telemática, por lo que es necesario disponer de un certificado digital con el que se debe firmar el formulario principal o el idCATMòbil.

Para su presentación deberá seguir los siguientes pasos:

1. Cumplimentar el formulario y adjuntar los documentos. En cualquier momento se puede generar un borrador de la solicitud pulsando el botón “guardar el borrador”.

2. Pulsar el botón “firmar y enviar”. Este paso requiere certificado de representación de persona jurídica.

3. En el momento de enviar el formulario, la persona que efectúe el trámite se podrá descargar el acuse de recibo.

Requisitos y documentación

Las personas trabajadoras autónomas que quieran solicitar la ayuda deben presentar documentación específica según su situación. En el caso de profesionales colegiados en una mutualidad alternativa al RETA, es obligatorio un certificado actualizado que acredite el alta y un mínimo de un año de permanencia ininterrumpida, con fecha de expedición no superior a 30 días antes de la solicitud.

Las sociedades limitadas unipersonales deben aportar la nota informativa mercantil con la fecha de inicio de operaciones y la identidad del socio único, mientras que quienes tengan acuerdos de prórroga de deudas con Hacienda o Seguridad Social deberán acreditarlo. Además, los autónomos en RETA que no autoricen la consulta de datos deben presentar un informe de vida laboral.

Entre los requisitos generales, se exige estar dado de alta en el censo de empresarios, declarar otras ayudas solicitadas u obtenidas, y ser titular de la cuenta bancaria indicada para el ingreso de la subvención.

También es necesario cumplir con un conjunto amplio de normativas relacionadas con subvenciones, igualdad de género y no discriminación, derechos LGTBI, accesibilidad, prevención de riesgos laborales y otras obligaciones legales vigentes.

Los requisitos específicos incluyen estar dado de alta en el RETA o en una mutualidad durante al menos un año ininterrumpido antes de la solicitud, o bien que la SLU esté inscrita en el Registro Mercantil con la misma antigüedad. No se puede tener personal contratado ni en el momento de presentar la solicitud ni en los seis meses previos, y el domicilio fiscal debe estar en Cataluña.

Asimismo, la persona solicitante no puede haber recibido la misma ayuda anteriormente, debe mantener la actividad durante el periodo de ejecución, y en caso de cambios de forma jurídica o de sistema de cotización, se debe acreditar igualmente un año mínimo de actividad continuada.

Cuantía de la subvención

Según la Oficina Técnica de Subvencions, el importe máximo de la subvención a otorgar será el que resulte de aplicar el módulo económico mensual establecido en la correspondiente convocatoria por el número de meses subvencionables, que será un máximo de 18 meses.

- El módulo económico mensual para la convocatoria 2025 es de 1.209,00 €. El equivalente diario es de 40,30 €.

- La subvención máxima a otorgar por cada contrato de trabajo a jornada completa es de 21.762,00 € (1.209,00 € × 18 meses).

En el caso de contratos de trabajo a jornada parcial, pero igual o superior al 50% de la jornada ordinaria establecida en el convenio colectivo aplicable o, si no lo hay, en la jornada máxima legal, el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente.