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Ya es oficial, así queda la devolución del IRPF para pensionistas mutualistas: estos son los que quedarán fuera

Los jubilados afectados podrán reclamar su dinero, con una media de unos 4.000 euros por devolución, si cumplen estas condiciones establecidas dentro del plazo correspondiente

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En los próximos meses, miles de pensionistas mutualistas en Cataluña podrán reclamar una importante devolución del IRPF que Hacienda cobró de forma indebida durante años.

Si cotizaste a una mutualidad laboral antes de 1979, es muy posible que formes parte de los beneficiarios de esta medida, que surge tras una sentencia histórica del Tribunal Supremo y que podría suponer un ingreso extra de varios miles de euros en tu cuenta.

Esta devolución, que en la mayoría de los casos rondará los 4.000 euros, no requiere rehacer declaraciones anteriores: basta con presentar un formulario único dentro del plazo establecido.

Sin embargo, no todos los pensionistas podrán acceder a este derecho y se quedarán fuera, por lo que conviene conocer bien los requisitos y actuar antes de que se cierre el periodo de solicitudes.

Por qué esta devolución

Una sentencia del Tribunal Supremo en 2023 resolvió que durante años Hacienda aplicó erróneamente el IRPF sobre las pensiones de mutualistas: no aplicó una reducción del 25% proporcional a la parte de la pensión derivada de aportaciones a mutualidades.

Esto hizo que muchos pensionistas pagaran más impuestos de los que les correspondía. Como consecuencia, para aportaciones entre 1967 y 1978, solo se debe tributar el 75% de esa parte de la pensión. mientras que para aportaciones anteriores a 1967, no se tributa (100% exento).

Este fallo judicial ha sentado las bases de una devolución que beneficiará a miles de pensionistas en toda España, incluida Cataluña.

Quién puede solicitarla

Tendrán derecho a la devolución todos aquellos que cumplan los siguientes requisitos:

  • Si cotizaste a una mutualidad laboral obligatoria antes de 1979 (en algunos casos incluso hasta los años 80 o 90).
  • Si actualmente recibes una pensión pública donde te aplican retención de IRPF.
  • Si incluiste esos ingresos en tu declaración de la renta entre 2019 y 2022, y aún no has recibido devolución por esos ejercicios.
  • Igualmente, cabe destacar que, en caso de fallecimiento de la persona beneficiaria, los herederos también pueden reclamar la devolución.

Quiénes quedan excluidos del proceso

En contraposición, algunos jubilados podrán quedar fuera de la devolución mencionada.

Tal y como explicaban, algunos pensionistas "aunque en su día hayan cotizado lo mismo que una persona más adinerada, no podrán reclamar este dinero que le deben, todo gracias a su pensión".  Son estos casos:

  • Pensionistas con pensiones bajas que no tienen retenciones de IRPF, ya que Hacienda considera que no hay nada que devolver.
  • Aquellos que ya tienen una pensión equiparada al sistema de la Seguridad Social, esto es pensiones cuyos ingresos ya fueron ajustados al nivel correspondiente del régimen general.

Cómo y cuándo solicitar la devolución

El nuevo procedimiento permite presentar un solo formulario, a través de la Sede Electrónica de la AEAT o su app, desde el 2 de abril de 2025, sin necesidad de realizar una declaración de renta nueva.

De esta forma, para cumplimentar el correspondiente formulario se requiere:

  • Número de cuenta bancaria
  • Teléfono de contacto
  • Identificación (Número de Referencia, Cl@ve o certificado electrónico/DNIe).
  • No necesitas presentar un formulario por cada año fiscal; uno sirve para los ejercicios 2019 a 2022 y anteriores no prescritos.

Cómo se paga

El Gobierno aprobó que las devoluciones se harán en un único pago durante 2025, en lugar de repartirlas entre 2025 y 2028 como estaba previsto inicialmente.

Así, se espera que la práctica totalidad de las devoluciones se efectúen en 2025 y que la cuantía media ronde los 4.000 euros por pensionista.

Desacuerdo con los límites establecidos

En Cataluña, muchos mutualistas jubilados han visto vulnerado su derecho a recuperar estos importes.

Asociaciones de jubilados y sindicatos han expresado su desacuerdo y han exigido que se tenga en cuenta el historial de cotización y no solo la situación fiscal presente, para no excluir a quienes cobran pensiones bajas sin retenciones.

Aun así, por el momento, ni la Agencia Tributaria ni el Gobierno han mostrado ninguna intención de cambiar tales requisitos establecidos.

Recomendaciones para mutualistas en la región

  1. Comprueba si cumples los requisitos.
  2. Verifica si hay retención en tu pensión actual; si no, podrías quedar excluido.
  3. Solicita la devolución antes del 30 de diciembre de 2025.
  4. Utiliza la sede electrónica o app de la AEAT para tramitar tu petición.
  5. Consulta con agentes sociales o sindicatos si consideras que la exclusión no debería aplicarse por tu situación particular.

Lo cierto es que este es un momento clave para los pensionistas mutualistas en Cataluña, ya que pueden recuperar lo que les corresponde, sin la necesidad de hacer trámites complejos y a tiempo antes de que finalice el plazo legal.