El Gobierno, mediante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, ha impuesto una multa de 150 millones de euros a las aerolíneas de bajo coste Ryanair, Easyjet, Vueling y Volotea por prácticas abusivas hacia los pasajeros. Concretamente, por el cobro por selección de asiento cuando se viaja con personas dependientes, como discapacitados y niños pequeños, que al igual que el asunto del equipaje de mano ha sido clasificado como infracción muy grave.
También califica como infracciones graves la prohibición del pago en metálico en la compra de billetes en los aeropuertos, la "falta de transparencia en la información contractual" sobre precios y el suplemento por reimpresión de la tarjeta de embarque en el aeropuerto, práctica que tan solo lleva a cabo Ryanair.
La sanción más alta, para Ryanair
La compañía objeto de la mayor multa es precisamente la irlandesa, la primera que comenzó a cobrar por el equipaje de mano, en noviembre de 2018. Tras ella, Vueling, y a continuación, a mucha mayor distancia, EasyJet y Volotea. Se trata de las primeras multas impuestas por la autoridad de Consumo del Gobierno de España desde que asumió la potestad sancionadora en mayo de 2022. Hasta la modificación de la ley general a cargo del ministro Alberto Garzón, se trataba de una competencia exclusiva de las administraciones autonómicas y municipales.
Las sanciones son también las más altas que ha aplicado en la historia una autoridad de protección de los consumidores. La de Ryanair multiplica por mucho los importes de las que hasta ahora ocupaban los dos primeros puestos del ranking; se trata de los 3,15 millones de euros con los que la Junta de Andalucía multó a Unicaja en 2017 por la cláusula suelo de sus hipotecas y los 2,9 millones impuestos por la Comunidad de Madrid en 2007 por el redondeo al alza en la facturación de las llamadas.
Las asociaciones de consumidores celebran esta "multa histórica"
Las organizaciones de consumidores españolas han aplaudido esta "histórica" sanción. La OCU celebra también que el Ministerio de Pablo Bustinduy haya llegado a las mismas conclusiones que las denunciadas por la organización, y espera "que estas sanciones sirvan como ejemplo para otras autoridades europeas y otras compañías que lleven a cabo las mismas prácticas abusivas", según ha señalado en un comunicado.
"Han sido casi seis años batallando para lograr que las autoridades actuasen contra unas prácticas por las que las aerolíneas vienen inflando ilícitamente sus beneficios y por fin lo hemos logrado", ha señalado el secretario general de Facua, Rubén Sánchez, que anima a los usuarios afectados a reclamar su dinero.
¿Qué dice la ley?
El cobro por el equipaje de mano vulnera la Ley de Navegación Aérea. La normativa establece que "el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo". Sólo contempla como excepciones "razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto en relación con las características de la aeronave".
La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias recoge como cláusulas abusivas todas aquellas "estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y las partes que se deriven del contrato".
¿Cómo reclamar?
Facua advierte de que los consumidores tienen derecho a reclamar la devolución de estos cargos extra y señala que está tramitando numerosos casos en defensa de afectados.
En caso de recibir respuesta negativa de las aerolíneas, la asociación les insta a interponer denuncias ante las autoridades de consumo de sus comunidades autónomas solicitando sanciones y a acudir a los tribunales. Pueden hacerlo sin coste, ya que para cantidades inferiores a 2.000 euros no es obligatorio acudir con abogado ni procurador.