Las cárnicas tuercen el brazo a Heura en los tribunales
Una sentencia del Juzgado Mercantil número 12 de Barcelona condena a la empresa catalana por competencia desleal y mensajes "engañosos y denigrantes", según el coordinador del Foro Ganadero-Cárnico
8 mayo, 2024 00:00Noticias relacionadas
Heura, la empresa alimentaria catalana dedicada a productos veganos, ha sido condenada por publicidad engañosa y por competencia desleal. Así lo ha establecido el Juzgado Mercantil número 12 de Barcelona tras un litigio entre el Foro Ganadero-Cárnico, la parte demandante, y Heura, la demandada.
Crónica Global ha podido acceder a los detalles de la sentencia que se ha emitido y que resulta un golpe a la actividad a la empresa de "productos cárnicos 100% vegetales", tal y como ellos mismos reivindican.
¿Por qué se ha condenado a Heura?
En España hay una ley que regula los productos cárnicos. Se trata del Real Decreto 474/2014 , de 13 de junio, por el que se aprueba la norma de calidad de derivados cárnicos. Esta establece que los cárnicos "son los productos alimenticios preparados total o parcialmente con carnes o menudencias de los animales". Es decir: para ser considerados cárnicos, han de tener origen animal, y no vegetal.
Heura, por su parte, no es una empresa que manufacture productos de este tipo. Los orígenes de sus alimentos son vegetales, y por tanto, "la sentencia dice que no se pueden asimilar", comenta el coordinador de la patronal cárnica, José Manuel Álvarez.
Las campañas publicitarias de Heura ponían mucho énfasis en el origen vegetal de sus alimentos. Pero también publicaban mensajes en contra del consumo y producción de la carne. Uno de los puntos de apoyo de su retórica era que éstos tenían la misma textura y sabor que la carne tradicional. Las comparaciones eran constantes, pero se trata de dos alimentos completamente distintos. Por este motivo, la sentencia dice que no se pueden asimilar.
Mensajes "engañosos y denigrantes" en contra del sector ganadero
El coordinador del Foro Ganadero-Cárnico también explica que, según el fallo emitido, los alimentos de Heura "no satisfacen las mismas necesidades del consumidor".
Al ser dos tipos de productos con orígenes diferentes, se condena a Heura por competencia desleal, ya que las publicidades que ofrecía eran "engañosas y denigrantes en contra del sector de la ganadería" y, por tanto, "estos mensajes no se pueden amparar en la libertad de expresión".
¿Y qué es lo que va a ocurrir a partir de ahora? Por el momento, el dictamen es claro: Heura ha de cesar y abstenerse de realizar publicidad en contra de los productos cárnicos y del sector ganadero en todos sus canales de comunicación. Del mismo modo, tendrán que hacer pública la sentencia. Se espera que ocurra en los próximos días.