El Juzgado de lo Mercantil 3 de Barcelona ha condenado al empresario Joan Gaspart por el concurso de acreedores del Grupo Husa del 2014, por el que deberá pagar cerca de 600.000 euros. Asimismo inhabilita al también expresidente del Barça para gestionar bienes ajenos durante cinco años, así como para representar o administrar a cualquier persona en el mismo plazo.

La sentencia sostiene que Gaspart incumplió de mala fe un convenio que pactó con los acreedores en 2016 por el que la compañía se comprometía a devolverles unos 10 millones de euros después de obtener una quita del 95%. Con motivo de aquel acuerdo (que afectaba a la matriz y a las filiales Hostelería Unida Dos y Hoteles Jagoe), Gaspart perdió el control del grupo hotelero, que pasó a controlar un fondo británico, Park Street Advisors.

Quiebra

Cinco años después de aquel acuerdo, estas sociedades iniciaron el proceso de liquidación por su incapacidad de devolver las deudas. En ese momento, como establece la ley, se abrió la pieza de calificación para determinar si había algún responsable de la quiebra (como sostenía el Ministerio Fiscal) o fue un hecho fortuito.

La justicia argumenta la culpabilidad de Gaspart en las irregularidades en la presentación de documentos, en maniobras para transferir activos a sociedades nuevas a fin de evitar el embargo y el cobro de 579.000 euros que Gaspart se atribuyó a pesar de los problemas que atravesaba el negocio y que ahora deberá devolver.

Prepara un recurso

Sobre esta sentencia cabe recurso ante la Audiencia Provincial. Mientras tanto, la inhabilitación y el pago no tienen efecto.

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