La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) dejó una sensación agridulce en un millón y medio de ciudadanos. Pese a que la resolución supuso un paso adelante en la defensa de los consumidores, no resolvió todas las dudas que envuelven a este índice para fijar los tipos de interés de las hipotecas.
El Tribunal de Luxemburgo consideró que la cláusula del IRPH podía ser abusiva, pero dejó en manos de los jueces españoles la potestad de anularla si se demostraba que el banco no había sido transparente a la hora de informar a sus clientes. Por tanto, para recuperar el dinero pagado de más por esta cláusula --que entidades como ADICAE (Asociación de Usuarios de Bancos Cajas y Seguros) valoran en unos 20.000 euros de media--, cada reclamación debe plantearse individualmente. Aquí es donde empiezan los problemas.
Sentencias contradictorias
La decisión del TJUE ha abierto la puerta a interpretaciones dispares por parte de los togados. Aunque la mayoría de juzgados de primera instancia se ha pronunciado a favor de los demandantes, algunas audiencias provinciales han resuelto que las entidades bancarias no faltaron al deber de comunicar con claridad las condiciones de los contratos de hipoteca.
Alejandro Benavente, abogado en el bufete Urbe Abogados, expone la incoherencia flagrante entre fallos, tratándose incluso del mismo órgano judicial: “La sección 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona ha dictaminado que el IRPH no es nulo, mientras que la sección cuarta se ha decantado por la nulidad”. Benavente reconoce que esta situación genera “incertidumbre” entre los afectados, pero confía en que el criterio de Europa termine abriéndose camino en pro de los consumidores.
Agotar todas las vías judiciales
En este contexto, Arianna Serras, directora estratégica de Arianna Serras & Abogados, sostiene que la clave para recuperar el dinero del IRPH es agotar todos los recursos, incluido el de casación. “Hay que demandar hasta llegar al Tribunal Supremo”, afirma Serras, que revela que solo en última instancia es cuando la banca se presta a negociar con los recurrentes.
Respecto a las devoluciones dinerarias, Serras explica que son los propios letrados quienes ofrecen un abanico de posibilidades a los magistrados: “Partimos de la opción más favorable para los hipotecados, el préstamo gratuito. Pero los jueces pueden moderar el efecto de la nulidad sustituyendo el IRPH por el euríbor o por un interés fijo”. Para la portavoz de la firma, “la predicción a medio plazo es favorable a los clientes” aunque alguno de ellos haya perdido su caso en apelación.
OCU y ADICAE exigen al Supremo mover ficha
Las plataformas de consumidores exigen al Supremo que aclare la aplicación de la sentencia europea. La OCU espera que el Supremo se dé prisa en “sentar doctrina para evitar mayores contradicciones”, pero celebra que “la mayoría de las sentencias de primera instancia están dando la razón a los consumidores”.
Manuel Pardos, presidente de ADICAE, coincide en pedir celeridad al Alto Tribunal y espera que no vuelva a formular una cuestión prejudicial ante el TJUE. A juicio de Pardos, cuya organización está preparando una demanda colectiva por el IRPH, “el Supremo tendría que dictar que se aplicará de oficio la sustitución de este índice por el euríbor para que los afectados no necesiten pleitear uno a uno”.