La oferta de compra de Just Eat, empresa de envío de comida a domicilio online, por parte de Prosus ha recibido el visto bueno de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Eso sí, con ciertas reservas y restricciones. El organismo de los mercados ve ciertos riesgos en que la compañía compradora pueda acceder a información interna de Glovo --competencia directa de Just Eat-- gracias a su participación en otra empresa.
La filial de Prosus que adquiriría Just Eat, MIH Food Delivery Holdings (MIH), cuenta con un 25% de Delivery Hero. Esta es, a su vez, accionista minoritaria de Glovo --cuenta con un porcentaje de acciones menor del 20%--. De esta forma, la compradora de Just Eat tendría una participación minoritaria indirecta en su principal competidor en España.
Riesgo por acceso a información
La CNMC ha explicado que las participaciones cruzadas "podrían entrañar un riesgo al posibilitar el acceso a información relativa a la política comercial estratégica de Glovo, pues directa o indirectamente (a través de Delivery Hero) MIH tendría acceso a la información puesta a disposición de los consejos de administración de Just Eat y de Glovo, respectivamente". La institución presidida por José María Marín Quemada destaca, además, que la presencia indirecta de MIH en el consejo de administración del principal competidor de Just Eat crea un incentivo en MIH a prevenir la expansión del negocio de este competidor.
Para evitar que exista, por parte de la filial de Prosus, una actuación indebida respecto a las leyes españolas sobre competencia empresarial, la aprobación de la compra queda subordinada al cumplimiento de ciertos compromisos estipulados por la CNMC.
Compromiso de no injerencia
El organismo competencial restringe el acceso a información sensible de Just Eat y de Glovo por parte de Delivery Hero y de MIH, respectivamente. Es decir, que se garantice que ni la compañía de Prosus conocerá datos sobre el negocio de Delivery Hero y de su participada, a la vez que éstas también verán vetado su conocimiento de información sensible de Just Eat desde la perspectiva de Derecho de la Competencia.
Para asegurar que dichas garantías se cumplen, MIH está obligada a remitir periódicamente un conjunto de información a la CNMC para que ésta contraste la vigencia del compromiso. El trato se extenderá durante tres años, con la posibilidad de prorrogarlos un año adicional en el caso de que la CNMC valore que resulta justificado su mantenimiento o adecuación.