Una publicidad sobre hipotecas inmobiliarias en la cristalera de un banco / EE

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La ley hipotecaria entra en vigor con desajustes entre notarios y bancos

Justicia concede una moratoria de mes y medio para adecuar la plataforma notarial a la que se debe remitir la documentación de los préstamos

17 junio, 2019 11:41

La entrada efectiva este lunes de la nueva ley sobre créditos inmobiliarios nace con cierta polémica, al no haber podido hacerse efectiva, en su totalidad la adaptación de las condiciones legales de los préstamos hipotecarios, ni tampoco la adecuada interconexión de la plataforma notarial a la que los bancos deben remitir toda la documentación.

Flecos que han obligado al Ministerio de Justicia a conceder una moratoria de un mes y medio para adecuar el mecanismo, y que permitirá hasta entonces que la tramitación de los préstamos se siga tramitando de la manera tradicional.

Interconexión de las entidades

Banco Santander, CaixaBank, BBVA y Bankinter se interconectaron estos días a la plataforma del Consejo General del Notariado 'Ancert', mientras que Banco Sabadell y Bankia se han desmarcado conectándose a 'Grupo BC'.

A pesar de que la plataforma del Notariado se ha consolidado como la primera opción, el mercado ofrece otras posibilidades, siempre y cuando cumplan con los requisitos que establece la ley.

Reparto de gastos entre bancos y consumidores

Un nuevo marco legal que, entre otras cuestiones, fija el reparto de gastos entre la entidad financiera y el consumidor, un abaratamiento de los intereses de demora y de amortización anticipada, o el aumento de los meses de impago antes de que se ejecute un crédito.

De este modo, introduce que la mayor parte de los gastos relacionados con la contratación de una hipoteca, que hasta ahora recaían fundamentalmente en el cliente, pasarán a ser responsabilidad del banco. Los gastos de gestoría, de notaría y de registro corresponderán a la entidad, mientras que el cliente solamente asumirá los de tasación y los de las copias notariales.

El IAJD, a cargo del banco

El polémico impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD) correrá también a cargo del banco, según el Real Decreto-ley 17/2018 aprobado por el Gobierno de Pedro Sánchez, que dice lo contrario a la sentencia definitiva tras el 'lío' jurídico del Tribunal Supremo.

Para que una entidad pueda ejercer su derecho de vencimiento anticipado, las cuotas impagadas deben superar el 3% del capital concedido o 12 cuotas mensuales si se produce en la primera mitad de vida de un préstamo, y el 7% del capital concedido o 15 cuotas mensuales si ocurre durante la segunda mitad. Adicionalmente se exige que el prestamista haya requerido el pago pendiente al prestatario concediéndole, al menos, un mes para cumplir.

Endurecimiento de las condiciones crediticas

Este retraso en la recuperación de la deuda impagada para los bancos podría traducirse en un cierto endurecimiento de las condiciones crediticias, sobre todo en las aplicadas a los clientes con un mayor perfil de riesgo, tal y como ha advertido en varias ocasiones el Banco de España.

Por otro lado, se limitará por primera vez la comisión máxima a aplicar por un banco a un cliente en caso de que el segundo decida devolver de forma anticipada parte o la totalidad de la deuda de un préstamo a tipo fijo.

Hasta ahora solo estaban regulados los reembolsos anticipados en préstamos a tipo variable, cuyas comisiones, que ya estaban establecidas por ley, se reducirán.