Una sede bancaria con una pintada contra los desahucios en vivienda, último paso de las ejecuciones hipotecarias / EFE

Una sede bancaria con una pintada contra los desahucios en vivienda, último paso de las ejecuciones hipotecarias / EFE

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Un juez anula un aval hipotecario porque el banco no informó de los riesgos a los avalistas

La sentencia considera probado que la entidad bancaria "incumplió su deber" al dar una "falsa percepción" sobre el "verdadero alcance del contrato"

15 mayo, 2019 17:43

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Sant Boi de Llobregat (Barcelona) ha declarado nulo el aval suscrito por unos padres para avalar a su hija, por el que debían responder del total del préstamo hipotecario suscrito por ella por importe de 210.000 euros, al considerar que la entidad bancaria no les informó de los riesgos.

En un comunicado, el despacho Durán & Durán Abogados, que han representado al matrimonio en su demanda, ha destacado que el juez ha estimado su petición, declarando la nulidad de este aval y también de la cláusula por la que los progenitores hipotecaban su propia vivienda para garantizar el préstamo a su hija.

Incumplimiento del deber de informar

La sentencia declara probado que la entidad bancaria "incumplió su deber de informar a los padres avalistas según el estándar de protección debido, así como de analizar la conveniencia del producto", y constata que deberían haberles informado de los riesgos asociados a la operación.

Los abogados aseguran que los demandantes "otorgaron dicha fianza y aval como consecuencia de una insuficiente y defectuosa información, obteniendo así una falsa percepción" sobre las características del aval.

Según el despacho, "no puede serle imputado el error al cliente cuando es la propia entidad bancaria la que incumple su obligación de informar convenientemente sobre las condiciones reales y el verdadero alcance del contrato".