Acciona lleva al TSJC la nueva ‘guerra del agua’ en Cataluña
Los Entrecanales piden al alto tribunal recuperar el servicio de explotación, conservación y mantenimiento de varias cuencas internas tramitado por la Agencia Catalana del Agua
25 marzo, 2017 00:00Acciona Agua ha recurrido de nuevo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) para defender sus contratos en la zona. Ha presentado cuatro recursos contencioso-administrativos ante el alto tribunal para dejar sin validez la pérdida de dos concesiones sustanciales para la división del grupo de infraestructuras de la familia Entrecanales. La otra guerra del agua en Cataluña.
Concretamente, de los servicios de explotación, contratación y mantenimiento de los sistemas de saneamiento de Calaf, Igualada, Sant Martí de Tous, Jorba y San Martí de Sesgueioles por un lado y de las localidades de Abrera, Castellvell i el Vilar, Monistrol de Montserrat, Viladecavalls Este y Oeste y Vacarisses. Municipios de la provincia de Barcelona.
Contratos valorados en 43 millones
Son dos licitaciones destacables que la Agencia Catalana del Agua (ACA) adjudicó el año pasado. Los contratos estaban valorados en 19,1 y en casi 24,3 millones de euros, respectivamente, aunque el presupuesto de licitación se situó por debajo.
Se concesionaba a la oferta económicamente más atractiva y con mejores servicios añadidos a partir de los 11,4 y los 14,6 millones, tal y como consta en el expediente al que ha tenido acceso Crónica Global. La mesa de adjudicación valoró que Acciona Agua era la ganadora del proceso a finales de octubre y se firmaron los contratos.
Recurso de sus rivales
Es en este momento empezaron los problemas para la filial de los Entrecanales. Su rival en ambos procesos recurrió el proceso ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público (TCCSP), un órgano conocido por Acciona porque fue el que le anuló a principios de 2013 su principal concesión de agua en España, la gestión de Aigües Ter Llobregat (ATLL), pendiente de resolución del Tribunal Supremo cuatro años más tarde.
La UTE formada por ACSA Obras e Infraestructuras, Agricultores de la Vega de Valencia y Depuración de Aguas del Mediterráneo argumentó ante el órgano administrativo que la oferta de Acciona debía ser excluida porque la suma de los precios unitarios que aparecía en su oferta no coincidía con la del pliego económico. Existía una variación que había sido apreciada por la propia mesa de contratación y el TCCSP les dio la razón a finales de noviembre.
Varias demandas en este sentido
No era la primera demanda en este sentido con la que se había topado el tribunal administrativo. Contaba con procesos similares en las licitaciones abiertas en cuencas hidrográficas del resto de Cataluña, tal y como de avanzó desde este medio.
En todas ellas, el TCCSP apreció las reclamaciones de los demandantes y el ACA anuló las adjudicaciones. La mesa de adjudicación se volvió a reunir y se cambió el sentido de todas las licitaciones según lo indicado por el tribunal administrativo. Los nuevos contratos se ratificaron en febrero.
Dos procesos paralelos
Acciona Agua ha usado su derecho de reclamar ante el TSJC un cambio de sentido de la dos adjudicaciones. Se ha visto obligado a usar cuatro procesos por la forma en la que mandó sus alegaciones al órgano administrativo.
Remitió primero un paquete de argumentos para defender su licitación tras la demanda de la UTE rival, la que indicaba que la diferencia entre la suma económica de la plica de Acciona y la oferta del pliego de condiciones representaba una diferencia sustancial. En la segunda, que en ambas ocasiones se presentó con pocos días de diferencia y, según su parecer, se añadía la “vulneración de los principios de igualdad de trato y de no discriminación en la aplicación de las causas de exclusión por parte del órgano de contratación”.
Consideración de recurso extemporáneo
Los juristas de Acciona Agua manifestaban que la UTE que ha resultado ser la adjudicataria final debería haber sido excluida por “otros motivos referidos a la oferta técnica y económica” que propiciaban una nueva suspensión del proceso de contratación.
El tribunal administrativo la consideró extemporánea y afeó que se tratara de un recurso “idéntico al anteriormente interpuesto”. Y no se pueden acumular causas de impugnación contra la exclusión de la licitación pública, señaló el TCCSP.
El TSJC tiene la última palabra.