Exterior del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Luxemburgo / EFE

Exterior del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Luxemburgo / EFE

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El Tribunal de Justicia Europeo impide el desahucio de un avalista familiar

La sentencia cuestiona la ejecución de las garantías entre familiares directos por considerarla una cláusula abusiva

5 diciembre, 2016 11:53

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha impedido el desahucio de un pequeño empresario que había avalado su empresa con su propio piso, por considerarlo una cláusula abusiva. Esta sentencia abre la puerta a una nueva interpretación legal sobre los avales.

El TJUE ha dictaminado que los avales hipotecarios de un particular a una empresa queden protegidos por la directiva europea sobre cláusulas abusivas. El fallo pone en duda también la ejecución de avales entre particulares, muy habituales en la compra de viviendas.

Sienta precedente

“Se trata de una sentencia en firme del TJUE que ha impedido que se ejecute un aval y que sienta precedente”, destacó el director jurídico legal de ‘Repara tu Deuda’, Manel Fores. Es la primera vez que un caso así se acoge a la anulación de aval por abusividad.

A partir de ahora, muchos otros afectados podrán referirse a este caso en busca de un tratamiento similar. Los avales familiares pueden conducir a desahucios en cadena dentro de la misma familia, algo que el Tribunal de la UE ha considerado abusivo en esta ocasión.

Protegidos como consumidores

La diferencia es el cambio de concepto: de aval profesional a aval familiar, ya que su relación con la empresa no tiene interés comercial, sino que es familiar o amistosa. Además, en el caso de padres que avalan a hijos, las consecuencias de unos y otros se sufren en el seno de la misma familia.

La nueva jurisprudencia europea considera que el avalista actúa en calidad de consumidor. En consecuencia, los tribunales nacionales pueden anular el aval si consideran que el contrato no informaba adecuadamente de los riesgos o si concede una ventaja desproporcionada a la entidad financiera.

Segunda oportunidad

Así, los afectados que se encuentran en una situación de bloqueo son susceptibles de acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad para la cancelación de deudas. “Buscan una oportunidad para empezar de cero cuando ellos no han contraído una deuda de manera directa”, explicó Fores.