Varios médicos en una operación. La aseguradora Zurich pagará por una negligencia / EFE

Varios médicos en una operación. La aseguradora Zurich pagará por una negligencia / EFE

Vida

La audiencia considera básica la autorización de un paciente para ser operado

El tribunal condena a un cirujano por las secuelas que sufrió un paciente al que se implantó una prótesis craneal sin conocer el riesgo de la intervención

20 febrero, 2018 00:00

La Audiencia de Barcelona ha condenado a 225.000 euros a la compañía de seguros Zurich por la negligente actuación de un equipo médico que operó a un hombre víctima de un accidente laboral en el centro médico Delfos de Barcelona.

Según la demanda, la víctima, un trabajador de 35 años que sufrió una grave lesión en la cabeza mientras manipulaba un toro de descarga en un almacén, no dio un consentimiento expreso a dicha intervención. De hecho, la víctima estaba sedada y entubada cuando los doctores le mostrarnos los preceptivos documentos para que autorizara una intervención que pretendía recomponerle parte de la estructura del cráneo que había quedado afectada tras la primera intervención que sufrió el paciente a causa del accidente. Así, la víctima estaba en la puerta del quirófano sin que la autorización hubiera sido recabada con tiempo para permitir su reflexión.

Firmó su mujer

Fue su mujer, inducida por los médicos, la que firmó el consentimiento “sin ser informada de los riesgos y del alcance de la intervención”. La sentencia afirma que “hay que ponderar el bajo nivel cultural del matrimonio y su alta confianza en los facultativos. Estaban en el convencimiento de que la intervención no entrañaba riesgo alguno”, afirma la sentencia. Según la audiencia, “el formulario que se le presentó era un modelo estereotipado, con anotaciones a mano, ininteligible para la esposa y para el propio tribunal”.

La sentencia concluye que no es admisible una información sesgada en una operación de tal envergadura.

Desenlace fatal

Los hechos juzgados hace dos meses se remontan a 2007, cuando la víctima fue operada en la clínica Delfos por las graves lesiones que el trabajador sufrió en el cráneo. Un año después, cuando el paciente había recuperado un amplio margen de autonomía, cuando no precisaba de ayuda de terceras personas para su deambulación, aseo y vida funcional, fue operado de nuevo para reconstruirle el cráneo. Es esa la operación que se menciona en la demanda. En el transcurso de esa intervención, el paciente sufrió un derrame cerebral que le ha dejado en una situación de tretraplegia.

Ahora, una década después, se ha dictado sentencia y se condena a la compañía de seguros que cubría  la actuación de los médicos. La audiencia subraya que, aunque se hubiera tratado de una intervención incuestionable (cuestión que se abordó en la demanda), el paciente debería de haber sido informado convenientemente y de forma “efectiva”.