Una persona accede al pasaporte Covid en su dispositivo / UNIÓN EUROPEA

Una persona accede al pasaporte Covid en su dispositivo / UNIÓN EUROPEA

Vida

El TSJC avala el pasaporte Covid en bodas y celebraciones

El alto tribunal autoriza las medidas solicitadas por la Generalitat: los restaurantes podrán pedir el certificado de vacunación en el acceso a grandes eventos

4 noviembre, 2021 13:49

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dado luz verde a las medidas planteadas por el Govern, que propuso utilizar el pasaporte Covid en grandes eventos. Dicho aval permitirá que en el control de acceso a establecimientos de hostelería y restauración, así como salones de banquetes, para asistir a bodas y celebraciones multitudinarias, se pida el certificado digital de vacunación contra el coronavirus, tal y como sucede en las discotecas y locales musicales.

La Generalitat decidió ayer hacer obligatorio también el pasaporte Covid para acceder a banquetes, celebraciones y actos sociales que organicen hoteles y restaurantes en los que haya baile en recintos cerrados. Hasta ahora, el certificado, que acredita la pauta completa de vacunación, un resultado negativo en una prueba PCR o la superación de la enfermedad, se pedía únicamente en locales y establecimientos de ocio nocturno, que mantienen la restricción de un máximo del 80% de aforo.

Restricciones proporcionadas

La nueva medida entrará en vigor una vez el Govern lo publique en el Diari Oficial de la Generalitat (Dogc). En uel auto, el tribunal también aprueba prorrogar dos semanas más la obligatoriedad de presentar el certificado Covid para acceder a locales de ocio nocturno.

El miércoles, la Generalitat aprobó estas medidas en el marco del Plan de Protección Civil de Cataluña (Procicat), pero necesitaba el aval judicial del TSJC para aplicarlas porque afectan a derechos fundamentales. En este sentido, los jueces recuerdan que el Tribunal Supremo (TS) fijó los criterios para este tipo de avales judiciales, entre ellos que las restricciones que proponga la administración sean proporcionadas, lo menos "agresivas" posible y que sirvan para preservar el derecho a la salud y a la vida.

Incidencia baja

Los jueces del TSJC constatan que "la evolución pandémica no se encuentra todavía en límites de normalidad" aunque el riesgo sea bajo, en base a un informe de la Agència de Salut Pública que la Generalitat ha enviado al tribunal junto con la petición de avalar las medidas.

Valoran que la decisión de aplicar el certificado Covid contrapone distintos derechos fundamentales y deciden autorizarlo, como ya hizo el mismo tribunal en la reapertura del ocio nocturno. Este auto de la Sala Contenciosa del TSJC que ha avalado las medidas que el Govern pedía aplicar puede recurrirse ante el Supremo.