El abogado de Carles Puigdemont, Gonzalo Boye
Gonzalo Boye, abogado de Carles Puigdemont, absuelto de blanquear dinero procedente del narcotráfico
El tribunal no puede acreditar su implicación en los contratos privados de compraventa de letras a cambio de préstamos para justificar 900.000 euros con destino Colombia interceptados en Barajas
Más información: Boye niega cualquier trato con Sito Miñanco
La Audiencia Nacional (AN) ha absuelto al abogado del expresidente catalán Carles Puigdemont, Gonzalo Boye, de blanquear dinero procedente de la organización del narcotraficante gallego Sito Miñanco. Por su parte, la justicia ha condenado a este último a 17 de años de cárcel.
Más de un año después de que finalizase el juicio por la conocida como operación Mito, el alto tribunal ha dictado sentencia en la que condena a Miñanco por la operativa para introducir en 2017 en Europa casi cuatro toneladas de cocaína.
Negocios bajo la lupa
Boye estaba imputado y fue juzgado por haber presentado contratos privados de compraventa de letras de cambio y de préstamos para justificar los 900.000 euros con destino Colombia que fueron intervenidos en el aeropuerto de Barajas en 2017, lo que la fiscalía consideraba una fórmula para blanquear fondos procedentes de la droga.
Tras el juicio, los magistrados no consideran acreditado que Boye, para quien la fiscalía pidió 9 años y 9 meses de prisión, fuera la persona que confeccionó dichos contratos y apuntan a que fue otro acusado, Manuel González Rubio, quien cometió el delito de falsedad documental enjuiciado al hacer dichos contratos, que entregó al abogado defensor de Sito Miñanco "para que este los presentara ante un organismo público".
El abogado del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, Gonzalo Boye
Casi 900.000 euros
La operación que puso el dinero bajo sospecha se produjo el 6 de febrero de 2017, cuando González Rubio y otras personas fueron interceptados en el aeropuerto de Barajas con 889.620 euros en efectivo que tenían como destino Colombia.
La fiscalía sostenía que el dinero pertenecía a la organización de Sito Miñanco y que los contratos aportados posteriormente pretendían justificar que los fondos tenían un origen lícito. La acusación situaba a Boye en el centro de esa operativa por su intervención como abogado en la documentación presentada para explicar la procedencia del dinero.
El papel de González Rubio
La sentencia, sin embargo, no considera probado que Boye participase en la elaboración de esos documentos. Los magistrados sitúan la falsificación en González Rubio, conocido como El Viejito, que habría confeccionado los contratos que posteriormente llegaron a manos del abogado.
El tribunal considera que los documentos fueron entregados a Boye para que los presentara ante un organismo público, pero esa circunstancia no permite concluir que el abogado participara en su elaboración ni que conociera que se trataba de documentos falsos. La absolución se extiende así a los delitos por los que el ministerio público reclamaba una pena de 9 años y 9 meses de prisión y una multa de 2,7 millones de euros.
El narcotraficante Sito Miñanco en una imagen de archivo
Miñanco, condenado a 17 años
La sentencia sí condena a Sito Miñanco a 17 años de prisión por su participación en la organización dedicada al tráfico de cocaína y por blanqueo de capitales dentro de una organización criminal. La pena se divide en 12 años por un delito contra la salud pública y otros cinco años por el delito de blanqueo. Además, la resolución impone multas que superan los 420 millones de euros.
Los magistrados consideran acreditada la participación de Miñanco en una operativa destinada a introducir en Europa casi cuatro toneladas de cocaína procedentes de Sudamérica.
Una sentencia de 325 páginas
La resolución, de 325 páginas, analiza las diferentes operaciones investigadas en el marco de la operación Mito y diferencia la responsabilidad de cada uno de los acusados. En el caso de Boye, la Audiencia Nacional concluye que no existe prueba suficiente para atribuirle la confección de los contratos ni su participación en la falsedad documental.
El tribunal apunta en cambio a González Rubio como autor de los documentos, que fueron entregados posteriormente al abogado para su presentación ante un organismo público.
Boye negó durante el procedimiento haber trabajado para Sito Miñanco y defendió que González Rubio era su cliente y que fue este quien le entregó la documentación relacionada con el dinero intervenido.
Cuatro toneladas de cocaína
La condena a Miñanco se refiere a varias operaciones de tráfico de drogas investigadas durante la causa. Entre ellas figura una operación para introducir en España más de 3.300 kilos de cocaína a bordo del buque Thoran.
La resolución también analiza otra operación de unos 615 kilos de cocaína con destino a Holanda, dentro de una estructura que, según la sentencia, estaba organizada para trasladar grandes cantidades de droga desde Sudamérica hasta Europa.
La Audiencia Nacional considera acreditada la responsabilidad de Miñanco en estas operaciones y fija para él una condena de 17 años de prisión.