Efectivos del Área Regional de Recursos Operativos de Mossos, en Arc de Triomf durante el dispostivo de seguridad del pasado 8 de agosto de 2024

Efectivos del Área Regional de Recursos Operativos de Mossos, en Arc de Triomf durante el dispostivo de seguridad del pasado 8 de agosto de 2024 Europa Press

Vida

Los tres mossos que escoltaron a Puigdemont en su segunda fuga, a un paso del banquillo

La magistrada procesa a los tres investigados y da por concluida la investigación; ahora pide a la Fiscalía y a las acusaciones que formulen sus escritos tras apreciar indicios de un presunto delito de omisión del deber de perseguir delitos

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La investigación sobre la controvertida fuga de Carles Puigdemont el día de su fugaz regreso a Barcelona da un nuevo paso hacia el banquillo.

La titular del Juzgado de Instrucción número 24 de Barcelona ha dictado auto de procesamiento contra los tres agentes de los Mossos d'Esquadra investigados por presuntamente facilitar la huida del expresidente catalán el 8 de agosto de 2024.

Se revocó el archivo

La decisión llega después de que la Audiencia de Barcelona revocara el archivo de la causa acordado meses atrás por la instructora.

En aquella resolución, el juzgado de instrucción consideró que los tres agentes —uno de vacaciones, otro de permiso y un tercero de baja médica— no tenían la obligación de intervenir, al encontrarse fuera de servicio.

Sin embargo, el tribunal provincial corrigió ese criterio y concluyó que existen indicios suficientes para considerar que pudieron incumplir su deber de perseguir un delito.

Varios políticos catalanes, entre ellos Laura Borràs, Josep Rull y Jordi Turull escoltando a Carles Puigdemont en su visita fugaz a Barcelona

Varios políticos catalanes, entre ellos Laura Borràs, Josep Rull y Jordi Turull escoltando a Carles Puigdemont en su visita fugaz a Barcelona EFE

Con el nuevo auto, se da por concluida la fase de instrucción y se emplaza a la Fiscalía y a las acusaciones populares, entre ellas Hazte Oír, a presentar sus escritos de acusación para determinar si el procedimiento continúa hasta la celebración del juicio. Las defensas de los agentes ya han anunciado que recurrirán la decisión.

Presunta actuación coordinada

El cambio de criterio judicial se sustenta en la resolución dictada hace unas semanas por la Audiencia de Barcelona, que consideró que las imágenes y los informes elaborados por la División de Asuntos Internos (DAI) de los Mossos apuntan a una actuación coordinada para proteger a Puigdemont durante su breve aparición pública.

Según el tribunal, los tres policías aparecen rodeando al expresidente a muy corta distancia, llegando incluso a sujetarle del brazo en algunos momentos para facilitar su desplazamiento entre la multitud.

Esa disposición, señala el auto, es compatible con un dispositivo de protección de autoridades o de "encapsulamiento".

Xavi Manso, agente de los Mossos, escoltando a Puigdemont la mañana del 8 de agosto de 2024

Xavi Manso, agente de los Mossos, escoltando a Puigdemont la mañana del 8 de agosto de 2024 FOTOMONTAJE CG

Otros detalles

Los magistrados también destacan otros elementos que consideran relevantes, como que los tres llevaran gorras similares a las utilizadas por quienes integraban el dispositivo de seguridad o que el vehículo utilizado por Puigdemont para abandonar la zona perteneciera a uno de los agentes investigados y fuera conducido por su esposa.

Para la Audiencia, además, el hecho de que los policías no mantuvieran contacto telefónico entre ellos durante la operación no excluye una posible coordinación, sino que incluso podría responder a una medida básica de seguridad.

El posible delito

La Audiencia descartó que los hechos encajaran en delitos como desobediencia, denegación de auxilio o encubrimiento, al entender que no existió una orden directa dirigida a los agentes ni concurrían todos los requisitos exigidos por esos tipos penales.

El fugado de la justicia Carles Puigdemont, dando un mitin en pleno centro de Barcelona el 8 de agosto de 2024, antes de volver a fugarse otra vez a Bélgica

El fugado de la justicia Carles Puigdemont, dando un mitin en pleno centro de Barcelona el 8 de agosto de 2024, antes de volver a fugarse otra vez a Bélgica Europa Press

No obstante, sí apreció indicios de un posible delito de omisión del deber de perseguir delitos, previsto en el artículo 408 del Código Penal, al considerar que, pese a encontrarse fuera de servicio, los miembros de las fuerzas policiales mantienen la obligación de actuar en defensa de la ley y promover la persecución de los responsables cuando tienen conocimiento de un delito.

Ahora serán la Fiscalía y el resto de las acusaciones quienes deberán concretar si solicitan la apertura de juicio oral y las penas que consideran procedentes para Xavier Manso, Jordi Rodrigo y David Goicoechea, los tres agentes investigados.