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Es oficial: los trabajadores van a tener un día extra de fiesta si trabajan un festivo

La doctrina fija que el derecho al descanso anual debe ser equivalente, para todos los empleados, sin que la distribución de días trabajados pueda traducirse en más o menos festivos disfrutados

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Durante mucho tiempo, una parte importante de la plantilla en España ha vivido una situación que se daba por hecha: cuando un festivo caía en sábado, ese día se 'perdía' sin generar descanso adicional.

Era una realidad, especialmente, frecuente entre quienes trabajan de lunes a viernes, ya que el calendario no les devolvía ese día libre. A diferencia de lo que suele suceder cuando la festividad coincide con un domingo y se desplaza al lunes.

Resolución del Tribunal Supremo

Ese escenario, sin embargo, acaba de dar un giro tras una nueva interpretación del Tribunal Supremo. La resolución del Alto Tribunal pone fin a una cuestión que venía provocando diferencias claras entre trabajadores según su turno, su horario o la organización de la jornada.

La doctrina fija que el derecho al descanso anual debe ser equivalente para todos los empleados, sin que la distribución de días trabajados pueda traducirse en más o menos festivos disfrutados. En la práctica, esto implica que un festivo no puede quedar neutralizado por el simple hecho de coincidir con un día libre habitual.

Artículo 37

El Supremo sostiene que hay una separación esencial que no puede ignorarse: los festivos laborales y el descanso semanal son dos derechos distintos y no se pueden compensar entre sí como si fueran intercambiables.

Al analizar el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, el tribunal recuerda que las fiestas laborales son retribuidas y no recuperables, por lo que no deben diluirse dentro de los días de descanso ordinario.

Con este criterio, la sentencia concluye que si una festividad estatal, autonómica o local coincide con una jornada en la que el trabajador ya no tenía obligación de acudir al puesto --por ejemplo, un sábado en el caso de horarios de lunes a viernes--, la empresa debe ofrecer una compensación en forma de un día libre adicional.

El objetivo es evitar lo que los jueces describen como agravios comparativos, es decir, situaciones en las que unos empleados terminan disfrutando de más días de descanso que otros por una cuestión puramente de calendario.

Calendario laboral y festivos

El cambio obliga ahora a muchas compañías a revisar como elaboran sus calendarios laborales y como contabilizan los festivos. Hasta este momento, era habitual que las festividades en sábado no generaran ningún ajuste, una práctica que el Supremo considera contraria al sentido de la normativa laboral.

A partir de esta nueva jurisprudencia, cuando un festivo coincida con un día de libranza, deberá concederse otro día de descanso; aunque eso no signifique necesariamente mover la fecha al lunes de manera automática.

Punto de inflexión

Para los trabajadores, esta doctrina refuerza una idea clave: nadie debería perder días festivos por una coincidencia con su descanso semanal. Para las empresas, supone una obligación clara de compensación que puede afectar a la planificación interna, los turnos y la negociación del calendario anual.

Con esta decisión, el Tribunal Supremo marca un punto de inflexión en la gestión de festivos en España y abre la puerta a cambios inmediatos en miles de cuadrantes laborales.