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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) tumba buena parte del decreto que blindaba el catalán como la única lengua vehicular en la escuela. La sentencia, que se puede recurrir, ha estimado parcialmente el recurso presentado por la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) contra la medida aprobada en 2024.

De esta forma, quedan total o parcialmente anulados una decena de artículos del Decreto 91/2024, de 14 de mayo. En concreto, el 2, 4, 6, 7.2, 9.3b, 10, 18.a, 19, 24, 33 y 34.1. Varios fijaban el catalán y el aranés en el Vall d'Aran como las lenguas vehiculares de aprendizaje y habituales en la actividad docente y administrativa en las escuelas, además de relacional con las familias e incluidas en los materiales didácticos y en las evaluaciones. 

Ni "normal", ni "prioritaria"

Asimismo, se anula que el catalán sea la lengua auxiliar prioritaria para enseñar idiomas extranjeros o, también, que fuera la lengua única de acogida del alumnado recién llegado sin prever mecanismos de aprendizaje equilibrado del castellano.

Se salvan los artículos que se refieren a aspectos organizativos, como la proyección externa de los centros, la acreditación lingüística del personal no docente o en los procesos selectivos, porque el TSJC considera que no afectan al derecho fundamental de la educación.

Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en Barcelona David Zorrakino Europa Press

La AEB exige su cumplimiento

La AEB exige a la Generalitat que cumpla con lo requerido "sin demora" y "reformule el modelo educativo para garantizar los derechos lingüísticos de todos los alumnos". Unas declaraciones que, también, reclaman al Estado que "ejerza sus competencias" mediante la Alta Inspección de Educación para asegurar su aplicación en los centros públicos y concertados de Cataluña. 

La asociación interpuso un recurso contencioso-administrativo al decreto en mayo de 2024, después de que fuera aprobado por el Govern en funciones de ERC. En aquel momento, calificó la iniciativa de "inconstitucional", "ilegal" y "antipedagógico" el marco que se desarrollaba a partir de su aplicación. 

El decreto se amparaba en la ley de 2022 sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la educación no universitaria y en el decreto ley de 2022, que fijaba los criterios aplicables en el desarrollo de los proyectos lingüísticos de los centros educativos (PLC). 

Rechazo

En marzo de este año, el TSJC rechazó el recurso de la Generalitat que pedía revocar el 25% del castellano en una docena de escuelas por la "imposibilidad legal" de aplicar esa cuota con la nueva ley, que no fija porcentajes en la enseñanza de lenguas oficiales. 

El Tribunal Constitucional revisa la ley de 2022, que fue aprobada con los votos a favor de PSC, ERC, Junts y En Comú Podem. A la espera de la futura sentencia, la consellera de Educación y Formación Profesional, Esther Niubó, confió hace unos días con motivo del inicio de curso: "Esperamos que el Constitucional valide la ley". 

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