El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado al Instituto Catalán de la Salud (ICS) por negligencia en la atención de un paciente del Hospital Joan XXIII de Tarragona que murió de un infarto mientras era trasladado al Hospital de Bellvitge en Barcelona en 2014, ya que la unidad cardíaca del centro tarraconense estaba cerrada.
La sentencia, avanzada por el Diari de Tarragona, confirma la que emitió en 2020 el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Tarragona y que condenaba al organismo público por el "deficiente funcionamientos de los servicios públicos sanitarios" en la asistencia recibida en el centro sanitario.
Una hora de traslado
El paciente acudió al centro el día de Navidad de 2014, tras lo que se le practicó un electrocardiograma sobre las 19.34 horas: sin embargo, no se avisó al cardiólogo hasta las 20.10 horas, diez minutos más tarde de que cerrara la unidad hemodinámica del hospital.
Al estar la unidad cerrada, los facultativos avisaron a una ambulancia a las 20.30 horas para trasladar al paciente al Hospital de Bellvitge, a una hora de camino, "con un claro incumplimiento de los tiempos marcados protocolariamente" y sin pautarle ningún tratamiento farmacológico alternativo.
El ICS recurrió la sentencia
La sentencia emitida en 2020 fue recurrida por el ICS. Ahora, el alto tribunal estima parcialmente el recurso, rebajando la indemnización pero confirma en gran parte la primera resolución, pues ve congruentes y razonables las conclusiones de la magistrada de instancia sobre la "atención negligente y deficitaria" del hospital de Tarragona.
El TSJC considera que hubo un "evidente retraso anormal en la asistencia debida la paciente", "inaplicando de forma reiterada y negligente el protocolo médico, en especial, el del propio Hospital Joan XXIII".