El tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona ha absuelto a un monitor acusado de cinco delitos de agresión sexual hacia un menor con discapacidad en un centro de Teià (Barcelona), que argumentó durante el juicio que sufría disfunción eréctil.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Crónica Global, el tribunal concluye que no ha quedado acreditado que el acusado hiciera tocamientos al niño ni lo obligara a mantener relaciones sexuales con penetración en 2014.
Pedían 67 años de cárcel
La fiscalía, que pedía para él 67 años de cárcel, sostenía en su escrito de acusación que el cuidador aprovechó el regreso de una visita a la madre del menor, que se encontraba ingresada en un centro penitenciario de la provincia de Barcelona, para llevarlo al bosque y obligarle a realizarle una felación. Sin embargo, el tribunal concluye que estos hechos no han podido ser probados.
Tampoco considera acreditado que el monitor lo apartara del grupo durante una salida al cine, en Mataró Park, para realizarle tocamientos en sus partes íntimas, ni que en tres ocasiones, entre julio y septiembre de 2014, lo violara en la planta baja del centro en el que el menor residía, gestionado por una fundación privada con convenio con la Dirección General de Atención a la Infancia y Adolescencia (DGAIA).
Diagnosticado de disfunción eréctil
La sentencia recoge que el relato de la víctima como única prueba es "insuficiente" como para considerar probados los hechos de los que se acusan al monitor. Además, sostiene que el menor, que tiene autismo, sufrió ese año "diversas crisis psicóticas con alucinaciones" que requirieron de un tratamiento farmacológico y de varios ingresos hospitalarios.
Sobre el acusado, recoge la sentencia, en enero de 2015 fue diagnosticado de disfunción eréctil, condición que le impedía conseguir una erección completa y mantener relaciones sexuales con penetración, como acreditó en el juicio una perito andróloga.
No consideran fiable el relato del niño
Aunque la Sala reconoce que inicialmente las psicólogas del Equipo de Asesoramiento Técnico Penal de la Generalitat dieron credibilidad al relato del menor, los informes médicos del centro de menores corroboraron que, en el momento en el que presuntamente sucedieron los hechos descritos por el niño, padecía alteraciones conductuales con brotes psicóticos.
"Es de conocimiento común que la memoria no es un proceso meramente recuperativo, sino un proceso de reconstrucción, incluso de recreación. Si en el momento que se dice que ocurrieron los hechos la víctima se encontraba en la situación descrita con activa sintomatología psicótica, difícilmente podemos considerar fiable su relato". "No se trata de creerlo o no", continúa el tribunal, "sino de analizar la información que el joven dio contextualizándola en el momento en el que se afirma que se produjeron los hechos". Por todo ello, la Audiencia de Barcelona ha acordado absolver al acusado y ha condenado a la acusación particular a pagar las costas del juicio.