L'Oréal España deberá readmitir a un trabajador al que despidió por comunicar que iba a ser padre por segunda vez, tal como lo ha dictaminado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en una sentencia hecha pública este viernes. Deberá hacerlo con las mismas condiciones y abonándole una idemnización de 7.000 euros por daño moral.
De esta forma, la justicia declara nula la extinción del contrato del empleado en junio del año 2021, dos años después de que este comenzara a trabajar como agente comercial en la multinacional en julio de 2019.
Discriminación por razón de sexo
Según el documento judicial, "concurren indicios de que el trabajador fue despedido por haber anunciado su futura paternidad, lo que podría subsumirse en una discriminación por asociación o refleja ligada a la condición de embarazada de su mujer". Además, la sentencia contempla el "menoscabo psicológico" sufrido por el denunciante.
Esta actualización modifica una resolución previa del juzgado social 31 de Barcelona que ya declaró el despido improcedente y dio a la empresa de productos cosméticos la opción de escoger entre readmitir al hombre o indemnizarle con 3.280 euros. La nueva sentencia tiene en cuenta el artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2007, que considera discriminación directa por razón de sexo "todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad", así como, en este caso, el anuncio por parte del trabajador.