El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de seis años de prisión para el abogado laboralista Pablo Luis U. M. por apropiarse de una indemnización de 225.000 euros que recibió uno de sus clientes por un despido improcedente.
El caso se remonta a 2012, cuando un vecino de Barcelona contrató al letrado para que le ayudase a interponer una demanda por despido improcedente contra su empresa. Finalmente, los tribunales --primero el Juzgado de lo Social, después el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y finalmente el Supremo-- le dieron la razón al barcelonés y obligaron a la empresa a indemnizarlo con 202.213 euros, un dinero que hasta la fecha no ha visto.
Le ocultó el cobro
La empresa finalmente abonó la cantidad establecida en la sentencia, además de 25.703 euros de intereses. Esta suma de dinero fue entregada al abogado del barcelonés en diciembre de ese mismo año por parte del Juzgado.
Sin embargo, según recoge la sentencia del Tribunal Supremo, el abogado no solo "se quedó con las cantidades obtenidas mediante los repetidos mandamientos, que cobró directamente o a través de otra u otras personas a las cuales encargó la gestión de cobro”, sino que "a fin de retrasar cuanto pudiera la llegada al conocimiento de su cliente del cobro", el abogado le "explicó una serie de avatares procesales que presentó como impeditivos del pago, reforzando sus explicaciones mediante la entrega de fotocopias que decía eran de documentos procedentes del Juzgado de lo Social, cuando no lo eran".
Tendrá que pagarle 227.900 euros
De hecho, recoge el auto, el abogado elaboró él mismo, o mediante terceros, estos documentos para ocultar a su cliente que había recibido dicha suma de dinero. Una de las fotocopias que le entregó simulaba ser un recurso presentado ante el Tribunal Constitucional.
Para el Supremo, "la acreditación de que el acusado se apropió de los fondos pagados a su cliente, evidencia que los documentos (irreales) sólo servían para encubrir su acción, siendo plenamente razonable la inferencia de que hubo de ser él quien encomendó o abordó la realización de las fotocopias para justificar a su cliente por qué no debía entregarle los fondos". Por ello, rechaza el recurso del abogado condenado, si bien le rebaja la pena de multa de 17.625 a 14.625 euros a lo que se suma la devolución de 227.900 euros al cliente.