Parada de metro de la línea 4 de Barcelona a su paso por la estación Urquinaona / CG

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Vida

Confirman los tres años y medio de cárcel por la agresión homófoba en el metro de Urquinaona

La Audiencia de Barcelona desestima el recurso de apelación interpuesto por el agresor en 2022

19 enero, 2023 17:52

La Audiencia de Barcelona ha confirmado la pena de tres años y medio de cárcel a un hombre por la primera agresión homófoba en el metro de Barcelona que llegó a juicio en Cataluña. Los hechos ocurrieron en 2019, cuando un grupo de personas, entre las que habían varios menores, agredieron a la víctima, un joven que recibió una lluvia de insultos, patadas y puñetazos por su orientación sexual.

Cuatro años después, el tribunal ha confirmado la pena que impuso a uno de los agresores en julio de 2022 por un delito de lesiones con el agravante de actuar con discriminación por razón de la orientación sexual. Los otros dos acusados fueron absueltos al concluir que aunque ambos presenciaron los hechos, ninguno de ellos participó en la agresión.

Enero de 2019

La agresión tuvo lugar el 12 de enero de 2019 en el metro de Barcelona. El joven, que se dirigía a su lugar de trabajo, entró en un convoy en el que se encontraban el grupo de agresores. Tras presenciar un seguido de mofas, gestos e insultos discriminatorios dentro del vagón, bajó del metro en la parada de Urquinaona, donde fue apaleado.

Contra la sentencia de 2022, el principal acusado interpuso un recurso de apelación alegando un "error en la valoración" de las pruebas, al que se opuso la Fiscalía y que ahora la Audiencia de Barcelona ha desestimado. Así, el tribunal acepta la integridad del relato de hechos que contiene la sentencia original, "por ser plenamente conformes con la prueba practicada".

Uno de los menores ya fue condenado

Uno de los menores que participaron en la agresión ya fue condenado a 22 meses de libertad vigilada. El menor se sentó junto a la víctima, se recostó junto a él y en tono de mofa empezó a realizar gestos afeminados, que fueron "jaleados con risas" por el resto de acusados, según apuntó el juez en la sentencia.

Así, la Audiencia de Barcelona confirma que el condenado a tres años y medio de cárcel, también tiene prohibido comunicarse o aproximarse a menos de 1.000 metros de la víctima durante cuatro años y medio, además de estar obligado a indemnizarle con 11.430 euros por las lesiones y secuelas causadas.