Fachada del TSJC, que ha confirmado la pena de 26 años de cárcel para el hombre que mató a su mujer embarazada en Granollers / CG

Fachada del TSJC, que ha confirmado la pena de 26 años de cárcel para el hombre que mató a su mujer embarazada en Granollers / CG

Vida

Confirman la pena de 26 años de cárcel para el hombre que mató a su mujer embarazada en Granollers

La sentencia recoge que hay pruebas incriminatorias y mantiene la sentencia de la Audiencia de Barcelona

4 enero, 2023 14:23

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado la condena de 26 años de prisión para el hombre que maltrató y mató a su pareja embarazada en Granollers en 2018.

La sala de apelaciones del TSJC ha confirmado la sentencia impuesta por la Audiencia de Barcelona, en consonancia con el jurado popular que lo declaró culpable.

Estaba embarazada

El acusado acabó con la vida de su mujer de 25 años Vianca R. el 17 de julio de 2018. La sentencia considera probado que el acusado y su pareja, que estaba embarazada, mantuvieron una fuerte discusión en el piso en el que vivían.

Posteriormente, ambos se reunieron en la ribera del río Congosto, donde él la mató. Su cadáver fue hallado dos meses después en ese mismo lugar. El acusado fue condenado a una pena de 26 años de cárcel por los delitos de maltrato habitual y de asesinato con alevosía, al considerar el jurado que ella no pudo defenderse. “Si sospechara que la podía atacar no habría accedido a verse con él en una zona insegura”, reza la sentencia.

La maltrataba habitualmente

En el juicio quedó demostrado que él la maltrataba física y psicológicamente de forma habitual y que ejercía una “dinámica de control y sometimiento” que ha quedado reflejada en conversaciones de Whatsapp. También lo acreditaron varios testigos.

Pero, además, la sentencia recuerda que existen pruebas que le incriminan, como el hallazgo de un jirón de tela, procedente de una sábana de la víctima que apareció junto al cadáver y que el asesino pudo utilizar para estrangularla. “ La única persona que pudo llevarlo hasta allí era el propio acusado, pues convivía con la víctima en el mismo domicilio y, por lo tanto, era el único que podía tener acceso a la sábana de la que se obtuvo aquel trozo de tela”.