La discoteca Waka Sabadell, donde se difundió un video sexual en el que hay una menor implicada / EFE

La discoteca Waka Sabadell, donde se difundió un video sexual en el que hay una menor implicada / EFE

Vida

Prisión por compartir el vídeo de Waka: la ley 'solo sí es sí' endurece las penas

Para evitar casos como el de la felación que acabó en suicidio en Italia, el código penal castiga con hasta cinco años de cárcel la difusión de imágenes sexuales

29 diciembre, 2022 15:23

La nueva ley del solo sí es sí endurece las penas por compartir vídeos sexuales como el del caso Waka. El código penal, que ya penaba con hasta cinco años de cárcel la difusión de contenido sexual de menores, incluye ahora castigos para todos los que propaguen imégenes sexuales sin consentimiento y no solo al primer divulgador, una casuística que podría aplicarse por primera vez en el caso de la grabación viral de la discoteca de Sant Quirze del Vallès (Barcelona).

La nueva ley de garantía integral de la libertad sexual ha modificado el artículo 197.7 del código penal y señala que será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, "sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona".

¿Retuit o delito?

El texto añade que se impondrá la pena de multa de uno a tres meses "a quien habiendo recibido las imágenes o grabaciones audiovisuales (...) las difunda, revele o ceda a terceros sin el consentimiento de la persona afectada". Más allá, y esto también afecta al caso de la adolescente de la discoteca Waka, se establece que la pena se impondrá en su mitad superior "cuando los hechos hubieran sido cometidos por el cónyuge o por persona que esté o haya estado unida a él por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, la víctima fuera menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección", entre otros supuestos.

"Hasta ahora solo se castigaba al primer divulgador del vídeo. Pero ahora se prevé que también se considere culpable o cómplice de violencias sexuales a todos los que lo reenvíen o republiquen. ¿Hasta qué numero de personas? Lo deberá decir un tribunal, en su caso, porque es algo nuevo", señala la letrada penalista especializada en violencias sexuales Laia Serra. Serra ha destacado la importancia de la nueva modificación para dar cobertura a las violencias sexuales digitales marcadas por la ausencia de consentimiento y que deben considerarse igualmente como una agresión machista pese a que en la cesión no haya "contacto físico".

La entrada de la discoteca Waka Sabadell / EFE

La entrada de la discoteca Waka Sabadell / EFE

La felación que terminó en suicidio

La abogada precisa que la ley del sí es sí quería cubrir, precisamente, esos casos de mujeres que han sufrido la difusión en su entorno o más allá y sin su consentimiento de vídeos sexuales. Serra recuerda el caso ya en Italia en 2015 de Tiziana Catone, a quien también se grabó haciendo una felación por su pareja que después se hizo viral en el país y que causó un daño a la mujer de tal gravedad que acabó suicidándose.

Por otro lado, la penalista, que fue ponente de la ley catalana 17/2020 contra violencias machistas que incluyó el concepto de violencias sexuales digitales, ha apuntado que la tecnología ofrece facilidades y pruebas claras a través de los terminales móviles y la información de las plataformas y redes sociales para rastrear a todas las personas que han difundido y propagado a terceros el vídeo del caso Waka.

"Terror sexual"

Dejando a un lado todo lo negativo del caso, tanto Serra como la psicóloga especializada en víctimas adolescentes de violencia machista Raquel Gómez destacan que el caso ocurrido en Sant Quirze del Vallès, más allá de todo lo negativo, puede ayudar a "hacer pedagogía" sobre la responsabilidad en que pueden incurrir las personas que reenvían este tipo de vídeos y que no eran conscientes de ser autores o cómplices de un delito de violencia sexual. Gómez, coordinadora del Espacio Lila del Centre Jove d'Atenció a les Sexualitats de Barcelona, destaca que episodios como el de la menor de Waka, salvo en la viralización, llegan de forma "habitual" al centro.

"Se trata de violencias de gran impacto para las víctimas porque alrededor de las violencias sexuales hay un poso de culpabilidad para ellas. Se pone el foco en la víctima en vez de poner el foco en el agresor. En el caso Waka se ha visto también en los medios de comunicación", ha lamentado. Asimismo, ha destacado, estas dinámicas "alimentan el discurso del miedo, del terror sexual, que buscan en último término responsabilizar a las mujeres, controlarlas, y extender el terror sexual", apunta Gómez, que concluye que "después de lo que ha pasado no solo debería advertirse a las chicas, también los padres deberían hablar con sus hijos para hacer una reflexión de lo sucedido".

Cinco años de prisión

Además del contenido sexual, en el vídeo de Waka aparece una chica de solo 16 años. El hecho de que sea menor de edad ha llevado a los Mossos ha tratar el caso como "pornografía infantil" y, según el artículo 189 del código penal, con la grabación y la difusión de imágenes se estaría incurriendo en un delito, tanto por compartir como por difundir actos sexuales realizados por menores de edad.

Este delito puede implicar una pena de prisión de entre uno y cinco años. La ley del sí es sí también ha modificado este artículo, pero en este caso para penalizar a las empresas o personas jurídicas con su disolución si se ven implicadas en delitos que beneficien de forma directa o indirecta a su negocio.