Una reforma del Código Penal enviará a juicio a los autores de atropellos imprudentes a ciclistas
No tendrá efecto retroactivo, por lo que no afectaría al proceso judicial del investigado por el atropello mortal de dos ciclistas en Castellbisbal
24 agosto, 2022 09:18La Comisión de Justicia del Senado revisará el próximo 1 de septiembre una proposición de ley aprobada por el Congreso en julio para modificar el Código Penal en el caso de accidentes en los que el conductor haya cometido una imprudencia, como el caso del atropello mortal de dos ciclistas del pasado domingo en Castellbisbal. Con esta reforma, la Cámara Alta pretende proteger a los usuarios más vulnerables de las carreteras evitando que los conductores que hayan cometido una imprudencia puedan eludir un juicio penal.
El objetivo de esta reforma legislativa, que irá al Pleno del Senado previsiblemente el próximo 7 de septiembre, es remediar una grieta de la modificación del Código Penal de 2019, que permite que los jueces no envíen a juicio penal al acusado aún cuando el accidente haya estado causado por una imprudencia. En todo caso, esta reforma que se publicará en el BOE a mediados de septiembre, no tendrá carácter retroactivo por lo que no afectará al proceso judicial al que se enfrenta el presunto autor del atropello que acabó con la vida de dos ciclistas en Castellbisbal el domingo.
La reforma de 2019
La impulsora de esta reforma, la diputada socialista por Badajoz y vicepresidenta de la Comisión de seguridad vial del Congreso Maribel García, considera que la “injusta reforma del Partido Popular de 2015 eliminó los juicios de faltas, lo que provocó unas consecuencias tremendas para las víctimas”.
En 2019, la Ley volvió a modificarse y se acordó un endurecimiento de las penas para los conductores imprudentes que causen accidentes con muertos o heridos, donde también se la fuga del lugar del accidente. No obstante, esta modificación provocó que, en muchos casos, el Código Penal haya sido interpretado para acordar la no admisión de denuncias por considerar que la imprudencia es leve –y no menos grave--y, por consiguiente, que no lleva asociada una responsabilidad penal.
De imprudencia leve a menos grave
Con la nueva modificación, aprobada hace ahora dos meses con los votos a favor de Podemos, Ciudadanos, ERC, Junts y el PDECat, se pretende corregir este sesgo para que “el juez pueda valorar equilibradamente el nexo entre el acto imprudente –una infracción tipificada como grave en la Ley de Tráfico que comporte un daño para las personas—el accidente y el resultado de muerte o de lesiones, para que se califique como una imprudencia menos grave” que lleve asociado la incoación de un procedimiento penal.