La sala de apelaciones de lo civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSCJ) ha confirmado la condena de 27 años de prisión para el acusado de matar a su expareja de una brutal paliza el día que ésta cumplía 21 años.
La sentencia emitida por el alto tribunal catalán considera probado que la víctima denunció al acusado por unos hechos ocurridos el 28 de agosto de 2018, que dieron lugar a un procedimiento penal en el que se dictó una orden de alejamiento del acusado sobre su expareja y madre de su hijo.
Quebrantó la orden de alejamiento
A pesar de tener pleno conocimiento de que no podía acercarse a ella, la noche del 31 de julio de 2019 acudió a la casa de su exnovia en L'Hospitalet de Llobregat con motivo de su 21 cumpleaños y permaneció con ella durante un par de días. Ese día ambos fueron juntos a comer a casa de unos amigos y regresaron por la noche a casa de ella, de forma que la madrugada del 2 de agosto estuvieron bebiendo y celebrando el aniversario de la chica.
Durante la madrugada del 2 de agosto, el acusado, en presencia del hijo de un año y medios que tenían en común, “la golpeó con extrema violencia por todo el cuerpo con puñetazos y patadas”, causándole diversas lesiones en la cabeza, tórax, abdomen y extremidades que le causaron la muerte. El tribunal considera que el acusado la agredió “con la intención de acabar con su vida o, al menos, siendo consciente de que la muerte sobrevendría como consecuencia natural de su acción”.
La dejó agonizar
"La multitud de golpes, algunos de ellos de gran intensidad, en zonas no vitales evidencian una perversa forma de ejecutar la muerte, (además de los que efectivamente se dirigían a la cabeza y el tórax), que necesariamente van dirigidos a que la víctima experimente dolores o sufrimientos", resalta el alto tribunal en su escrito.
Además, el acusado no intentó "por ningún medio" proporcionar atención médica a la chica durante varias horas -falleció en el hospital horas después de la agresión-, lo que "obviamente le supuso un plus de sufrimiento después de la brutal agresión".
"Absoluto desprecio a su condición de mujer"
Según el auto, la joven fue sorprendida por la brutal agresión, dado que en un contexto de reconciliación y de celebración no podía prever ese ataque. Tampoco tuvo la posibilidad de defenderse del ataque porque él era “una persona de mayor fortaleza física que ella”. También se considera probado que, desde el inicio de su relación en 2017 en Perú, él ejercía un férreo control sobre ella y la había agredido “a causa del carácter celoso, posesivo, dominante y con absoluto desprecio a su condición de mujer”.
Además, sostiene que el acusado no se encontraba bajo los efectos del alcohol y que tenía “plenamente conservadas sus facultades volitivas y cognitivas sin ninguna merma en el control de sus impulsos”.
Ratifica la condena
El TSJC confirma la sentencia dictada en el procedimiento del tribunal y ratifica los 27 años de condena por los delitos de asesinato, violencia en el ámbito familiar y quebrantamiento de la condena o medida cautelar. Confirma también las medidas cautelares impuestas respecto al hijo común con la víctima y al resto de los familiares.