Un juez de Barcelona ha anulado la sanción que la División de Asuntos Internos (DAI) impuso al mosso que gritó "la república no existe, idiota" a un miembro del cuerpo de Agentes Rurales, en las protestas independentistas contra la reunión del Consejo de Ministros en Barcelona, en 2018. En la sentencia, el titular del Juzgado Contencioso Administrativo número 6 de Barcelona estima el recurso del agente antidisturbios de los Mossos d'Esquadra y anula la sanción por una falta leve que le impuso la Dirección General de la Policía a instancias de la DAI.

El juez concluye que el agente profirió esta frase en un contexto de "gran tensión" y cuando estaba discutiendo con un miembro de los Agentes Rurales de la Generalitat que le recriminaba el dispositivo policial. De la misma forma, subraya que el término "idiota" se utiliza habitualmente de forma coloquial "sin ninguna intención ofensiva", por lo que no aprecia voluntad de "menospreciar, insultar u ofender".

Momentos de tensión y agotamiento

Los hechos ocurrieron la tarde del 21 de diciembre de 2018 cuando el agente dispersaba a grupos de independentistas que protestaban en la zona de Pla de Palau contra la reunión en Barcelona del Consejo de Ministros. El mosso intentó que el agente rural que se manifestaba junto a un grupo de independentistas colaborara con él, dada su condición de funcionario, para que otros concentrados respetaran el cordón de seguridad.

En un vídeo que se hizo viral se observó y oyó como el agente rural alegó que estaban "construyendo la República", ante lo que el policía le respondió: "Pues defiéndeme a mí y no a estos hijos de puta". El agente rural replicó: "Yo defiendo la república", ante lo que el mosso zanjó: "Qué república ni qué cojones... la república no existe, idiota". Según el juez, la expresión "hijos de puta" vertida por el agente es una expresión "genérica", no dirigida a nadie en concreto, por lo que, al igual que la frase "la república no existe" no puede ser "merecedora de reproche" porque no pretendió injuriar a nadie.

Contrariedad pasajera y puntual

En lo que se refiere al término "idiota", el juez subraya que se debe valorar el contexto general en que se pronunció, con el "elemento consustancial de cierta violencia o resistencia en el que debían intervenir los agentes policiales". Pese a que el juez reconoce que los funcionarios tienen la obligación de dirigirse a los ciudadanos de forma respetuosa, precisa que el término "idiota" lo profirió a otro funcionario que no puede tener la "consideración de ciudadano común", ya que llevaba el uniforme de un agente rural.

Además, sostiene que cuando el antidisturbios dijo la palabra "idiota" se encontraba en un momento de "tensión", porque los hechos ocurrieron a las cinco de la tarde y llevaba en servicio desde las cinco de la mañana. Por este motivo, el juez considera que "es más que razonable que el agotamiento y la tensión acumulada en la jornada laboral pudieran conllevar a esa situación, que debe considerarse fruto de una excitación o contrariedad pasajera y puntual, consecuencia de la tensión vivida en esos momentos".