La Fiscalía Superior de Cataluña ha desistido de recurrir ante el Tribunal Supremo la sentencia que condenó por abusos sexuales a cinco hombres que en 2016 violaron por turnos a una menor de 14 años en la localidad barcelonesa de Manresa, pese a que en el juicio les acusaba de agresión sexual.
Según han informado fuentes jurídicas a Efe, el ministerio público ha pedido este martes el ingreso en prisión preventiva de los tres únicos condenados que no están huidos de la justicia, pero mientras la defensa ha presentado recurso ante el Supremo, ni la Fiscalía ni la acusación particular ejercida por la víctima lo han hecho.
De 10 a 12 años de cárcel
La Audiencia de Barcelona impuso en octubre de 2019 penas de entre 10 a 12 años de cárcel a cinco de los procesados por la violación múltiple de Manresa, dos de los cuales están en busca y captura desde que se dictó la sentencia, lo que no impidió que el tribunal dejara en libertad provisional a los otros tres a la espera de que las condenas fueran firmes.
La Fiscalía recurrió la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) para que se condenara por agresión sexual, y no meros abusos, a los cinco procesados por la violación, ocurrida en 2016 en una nave abandonada de Manresa.
"Intimidación ambiental"
El pasado mes de febrero, el TSJC confirmó las condenas por un delito de abusos a los cinco procesados al entender que no está probada la "intimidación ambiental" que permitiría elevarlo a agresión sexual.
Pese a que la sentencia contaba con el voto particular de un magistrado partidario de condenar por agresión sexual, la Fiscalía del TSJC ha desistido de presentar recurso de casación ante el Supremo, que en su día sí que elevó las penas a los condenados por la violación múltiple de los Sanfermines, al apreciar la intimidación ambiental sobre la víctima.
Riesgo de fuga
En la vista celebrada este martes en la sección 22ª de la Audiencia de Barcelona, la fiscal ha pedido el ingreso en prisión de los tres procesados no huidos, aduciendo la gravedad de las penas impuestas y las escasas posibilidades de que el Supremo revoque las condenas, dado que en casación no puede entrar a valorar las pruebas expuestas a lo largo del juicio.
Las defensas de los procesados se han opuesto a esa medida, con el argumento de que han cumplido con las comparecencias periódicas en el juzgado que les impuso la Audiencia de Barcelona y disponen de suficiente arraigo personal y familiar --uno de ellos acaba de tener un hijo-- para que pueda descartarse riesgo de fuga.
En libertad provisional
Los cinco procesados se encontraban ya en libertad provisional cuando fueron juzgados por la Audiencia de Barcelona --solo uno de ellos estuvo en prisión preventiva, durante 11 meses-- y, una vez condenados por abusos sexuales, se les citó a una vista en la que la Fiscalía pidió su ingreso en prisión.
A esa vista, celebrada mes y medio después, acudieron ya solo tres de los cinco condenados --Walter Diego C., Maikel Pascual T. y Bryan Andrés M. C.--, mientras que otros dos --Yordanis de Jesús C. L. y Daniel David R. L.-- no llegaron a comparecer ante el tribunal, que dictó una orden de búsqueda y captura contra ellos que no ha dado resultado todavía.