El Gobierno ha emitido una orden para que los centros, servicios y establecimientos sanitarios de diagnóstico clínico de titularidad privada que realizan test de diagnóstico de coronavirus SARS-CoV-2 estén disponibles para la sanidad pública. La voluntad es que dichos laboratorios formen parte o refuercen los circuitos de diagnóstico ya existentes y que comuniquen los casos de Covid-19 detectados a las autoridades competentes de las comunidades autónomas.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este martes contiene la orden SND/344/2020, en la que se detalla la obligación de que la enfermedad sea notificada tan pronto se detecte un nuevo caso con la máxima urgencia y por el medio más rápido posible.
Control de precios
Las comunidades autónomas, en su ámbito competencial, deben establecer el procedimiento por el cual han de comunicar los casos detectados. Asimismo tendrán a su disposición los centros, servicios y establecimientos sanitarios de diagnóstico clínico de titularidad privada que aún no estén prestando servicio en el Sistema Nacional de Salud, así como su personal.
Con la medida, la realización de pruebas diagnósticas para la detección del Covid-19 queda sujeta a la prescripción de un facultativo de acuerdo con las directrices acordadas por Sanidad. Del mismo modo, las autonomías pueden también regular los precios de los test de detección del SARS-CoV-2, para evitar situaciones abusivas en el acceso a este servicio.
Multas
Los laboratorios privados deberán notificar los casos detectados e informar de la compra de kits rápidos diagnósticos. Los establecimientos estarán obligados a especificar a los gobiernos de las autonomías tanto el material como el número de unidades adquiridas y su destino de uso.
El BOE establece que incumplir dicha orden puede ser motivo de sanción. La norma esta vigente hasta la finalización del estado de alarma que, por el momento, está decretado hasta el 26 de abril.