El vapeo de cannabis ya está en España. La Guardia Urbana de Barcelona (GUB) identificó a una persona el sábado en el distrito del Eixample por posesión de cartuchos de tetrahidrocannabinol (THC), el componente psicoactivo de esta planta cuya distribución --no consumo propio-- está prohibida en España.
Según han informado fuentes policiales, la intervención policial tuvo lugar el sábado en la almendra central de la Ciudad Condal. Efectivos del cuerpo municipal de seguridad interceptaron al individuo el sábado en pleno centro de la capital catalana. El sospechoso, un nacional holandés, iba cargado de paquetes con cartuchos de THC para colocar en máquinas de cigarrillos electrónicos. Los funcionarios habrían contactado con las unidades de instrucción de diligencias para cerciorarse de la legalidad de los productos. Finalmente, se confirmó que el porcentaje de sustancia psicoactiva era mayor al legal, por lo que se procedió a efectuar una actuación para proteger la salud pública (SP).
Cápsulas y dinero
Para ello, los agentes identificaron al turista holandés y procedieron a registrarlo. Obraban en poder del presunto narco al menos treinta paquetes de cápsulas de recarga de cigarrilos electrónicos con THC. Algunas de ellas, como las marcas Gorilla Blue o Amnesia Haze, copian los nombres de variedades de marihuana que se cultivan para su posterior consumo o venta.
De fabricación estadounidense, los cartuchos de la firma US Vapes presumen de no contener aditivos del tabaco convencional como el glicol de propileno o la glicerina vegetal. Cada uno de ellos tiene un precio que ronda los 30 dólares al cambio, unos 27 euros al cambio. Sus porcentajes de THC, de hasta el 88% "testados en un laboratorio", hacen que su distribución sea ilegal en España.
Consumo sí, distribución, no
Cabe recordar que el cannabis y sus derivados es una de las sustancias cuya distribución está prohibida en España por el artículo 368 del Código Penal. Este precepto castiga el "cultivo, elaboración, tráfico y posesión ilícita" de drogas, causen éstas grave daño a la salud o no lo hagan (el THC pertene a esta última categoría). Por contra, el consumo propio de esta sustancia no está penado.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha establecido que el consumo propio no penado por la ley se establece en un máximo de 100 gramos, un umbral añadido por el Instituto Nacional de Toxicología que ha recogido el alto tribunal en sus sentencias por procesos en esta materia.