Desde el mes de enero de 2019 todos los profesionales del deporte en Cataluña se ven obligados a estar colegiados o inscritos en el Resgistre Oficial de Professionals de l’Esport de Catalunya (Ropec).
Según la ley 3/2008 de las Profesiones del Deporte, cuya moratoria ha acabado este año, estas personas deberán obtener un certificado para ejercer como monitores deportivos. En caso de no disponer de él, pueden enfrentarse a sanciones de hasta 6.000€.
A quién afecta esta medida
Tanto los profesores de Educación Física como los monitores y entrenadores deportivos deben estar inscritos en este registro. En cambio, las personas graduadas en Ciencias de la Actividad Física tienen que colegiarse en el Col·legi de Professionals de l'Activitat Física i l'Esport de Catalunya (Coplefc) para que las empresas puedan contratarlas.
La Generalitat de Cataluña asegura que esta herramienta va a servir para garantizar la formación de los docentes, por eso recomienda que conserven su acreditación en el teléfono móvil.
Requisitos
Para solicitar la inscripción en el Ropec los interesados deben cumplir algunos requisitos básicos, que son conditio sine qua non para obtener la certificación y así poder ejercer profesionalmente.
Tener un seguro de responsabilidad civil profesional y disponer de competencias de asistencia sanitaria inmediata son algunas de las cláusulas de la solicitud. De todas maneras, también deberán poseer una titulación oficial o, en ausencia de esta, un certificado de homologación que valide que han cursado estudios referentes al deporte.
Los trámites
Los títulos, tanto los oficiales como los acreditados por centros de enseñanza privados, deberán presentarse ante la Generalitat, junto al justificante de pago de la tasa para la tramitación. El Gobierno autonómico exige a los profesionales del deporte pagar un precio de 65,55 euros para llevar a cabo su trabajo, con un descuento del 50% para los que elijan el formato de solicitud on line.
Las federaciones de cada deporte han sido, en algunos casos, las encargadas de informar a los que forman parte de ellas de la existencia de este nuevo requisito. Dado que, en algunas disciplinas, parece ser más complicado conseguir la inscripción.
Sanciones por incumplimiento
En caso de que algún profesional no disponga de la titulación necesaria, tanto él como la empresa en la que esté trabajando se exponen a ser sancionados, con multas que pueden llegar hasta los 6.000 euros.
El cierre de las instalaciones, la inhabilitación o la pérdida del derecho a obtener subvenciones son algunos de los castigos que pueden recibir los establecimientos. En el caso de los instructores, se arriesgan a ser suspendidos de su actividad durante un año y a no poder entrar en centros deportivos, entre otras.
A última hora
Desde los órganos competentes informan de que “todavía existe una importante cantidad de profesionales que, aún contando con los requisitos, no han completado el último paso de su formación que es registrarse o colegiarse, según sea la naturaleza de su actividad”. No obstante, lanzan un mensaje de calma para los que están en proceso de conseguir el certificado y también a los centros cuyo personal se encuentra en esta situación.
Desde Adecaf, la patronal del sector del fitness en Cataluña, afirmaban en un evento el pasado mes de octubre que el registro de los profesionales del deporte en el Ropec “acerca aún más al sector a su maduración y completa la profesionalización”.