Condena a Salut por el suicidio de un joven de 19 años tras acudir a urgencias psiquiátricas. La Generalitat tendrá que indemnizar al padre del fallecido con 135.224 euros por una mala praxis que hizo que su hijo, que padecía un trastorno mental, se quitase la vida.

El chico, diagnosticado de trastorno límite de la personalidad, acudió a las urgencias psiquiátricas del Hospital Santa Caterina de Salt en marzo de 2010. Los médicos le dieron el alta tras 24 horas en observación.

Petición de ingreso

Menos de un mes después, el joven se quitó la vida. El centro sanitario rechazó la petición del padre de mantenerlo ingresado durante treinta días. En la demanda se expuso que la mala praxis otorgó a la víctima "hasta cinco oportunidades para acabar con su vida".

Ahora un juzgado de Girona ha condenado al Servicio Catalán de Salud (CatSalut) a indemnizar al padre del fallecido además de tener que hacerse cargo de los intereses legales.

Indemnización

La Justicia ha cuantificado la indemnización para el demandante teniendo en cuenta el baremo por la muerte de un hijo y los días de baja impeditivos y las secuelas del padre, que está diagnosticado de estrés pos-traumático y padece depresión.

El progenitor, forense de profesión, presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial al Instituto de Asistencia Sanitaria (IAS) porque consideró que "la mala asistencia recibida fue la causa determinante de la muerte" y que, por tanto, había un "efecto causal".La respuesta del IAS fue negativa por el procedimiento de "silencio administrativo" y el padre presentó un recurso contencioso el 11 de abril de 2011 contra este organismo.

Antecedentes médicos

Ahora, la sentencia ha estimado parcialmente el recurso contra la desestimación y la anula "por no ser conforme a derecho" al entender que, dados los antecedentes médicos del joven, "con tres intentos previos de suicidio, que sólo reduce a uno la administración, confrontado con lo dictaminado por hasta cuatro peritos, lo correcto y prudente hubiera sido proceder a su internamiento psiquiátrico".

La resolución del Contencioso argumenta que, con esa decisión, se obvió su "historial clínico" y se restó importancia a los intentos de suicidio.