El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contabilizó en 2017 un total de 60.754 desahucios. De ellos, el 58,7% fueron consecuencia de procedimientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), los que incluyen, por ejemplo, los lanzamientos por impago de alquiler. La cifra corresponde a un crecimiento del 4,3% respecto al año anterior.
El procedimiento para sacar a inquilinos morosos de un domicilio puede alargarse entre seis meses y un año, según los expertos, un tiempo que ya consideran “bastante aceptable” con respecto a años atrás. Apuntan que la vía legal es la forma correcta de enfrentarse a este tipo de situaciones y aconsejan evitar otros caminos, ya que sus consecuencias podrían volverse en contra de los propietarios.
Comunidades autónomas
Cataluña y Andalucía fueron las regiones que más lanzamientos afrontaron durante 2017. Ambas superaron los 10.000 desahucios, con 13.308 y 10.437, respectivamente. Respecto a los desahucios por impago, Cataluña también encabeza la lista regional con 8.624 desahucios a morosos. Andalucía se encuentra en el tercer puesto con 4.713 lanzamientos, mientras que Madrid se sitúa entre las dos comunidades anteriores con 5.001 casos. Las regiones andaluza y catalana son, igualmente, en las que más se tarda en solucionar la situación, según Pelegrí Abogados. En ambas comunidades, el tiempo medio asciende a entre 12 y 13 meses de periplo, según sus estimaciones.
Desde la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) indican que los datos del CGPJ no contemplan la negativa a renovar los contratos de alquiler, una práctica que aseguran que "se está imponiendo en las ciudades" y que afecta al aumento de expulsiones. Desde el bufete legal Pelegrí matizan que las causas más comunes de morosidad son la descompensación entre los salarios y el precio medio del alquiler. En la misma dirección argumenta la PAH, que culpa de este hecho a la desvinculación de los precios del alquiler del IPC. Las rentas de vivienda han aumentado un 40% desde 2013.
Demanda por impago
Ignasi Vives, abogado del despacho legal Sanahuja-Miranda, señala a la demanda de desahucio por impago como “la vía más rápida” para deshacerse de un inquilino moroso. El arrendatario debe acreditar ser el propietario de la vivienda, demostrar que el habitante de la misma es un inquilino mediante el contrato de arrendamiento y que no ha pagado.
Si se admite a trámite, se notifica al inquilino y este tiene un plazo de diez días para pagar o para presentar las pruebas de que esta denuncia no es cierta o por qué no está de acuerdo con ella. Si finalmente se realiza el juicio --y si el juez considera culpable al arrendatario-- la sentencia dictaminará la fecha de lanzamiento en la que se producirá el desahucio. Es decir, el día límite para que el moroso pague la deuda y/o abandone la vivienda.
Protección del arrendatario
Vives aconseja contratar un seguro de impago para minimizar en lo posible las consecuencias de tener un moroso en una vivienda. Estos productos suelen cubrir el pago de rentas adeudadas durante varios meses y también es habitual que cubran deterioros y robos de objetos del inmueble. Incluso en ocasiones ofrecen defensa jurídica y adelanto de recibos impagados entre sus servicios. Aunque todo depende del precio del seguro.
Según los datos del Observatorio Español del Seguro del Alquiler (OESA), la contratación de seguros de impago de alquiler aumentó más de un 30% interanual en 2017.