El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado nula la ley catalana que regula las asociaciones de consumidores de cannabis. Esta decisión ha sido tomada por unanimidad por el pleno del alto tribunal, que ha considerado que la ley aprobada por el Parlament en 2017 invade competencias que deben ser reguladas por el Estado.
La sentencia, presentada hoy, sigue los pasos de las que ya se tomaron respecto a dos leyes semejantes en otros puntos del país. Concretamente en Navarra --durante diciembre del pasado año-- y en el País Vasco --hace apenas seis meses--.
Sustancia estupefaciente
La ley catalana de asociaciones de consumo de cannabis pretendía regular el autoabastecimiento, el cultivo y la distribución de marihuana entre los inscritos como socios.
La sentencia se basa en que el cannabis se trata de una sustancia calificada como estupefaciente. Este hecho es el que hace que sea “una competencia en materia penal reservada al Estado” y, por ende, no puede ser regulada de forma regional.
Regulación de asociaciones
Una de las vías por las que era posible que el Govern mantuviera esta regulación señalaba a las competencias autonómicas en materia de asociaciones y consumidores. La defensa alegaba que los clubes de consumo de marihuana se definían como “un espacio de ámbito privado gestionado por una asociación” donde se practicaba “principalmente” esta actividad.
Sin embargo, el Constitucional también rechaza que su regulación dependa del gobierno autonómico ya que no puede amparar una norma que "regula […] el consumo, el abastecimiento y dispensación de cannabis". Lo que vuelve a incidir en la competencia estatal.