Las investigaciones relativas a la financiación del referéndum ilegal del 1 de octubre está ahondando la división entre PDeCAT y ERC. Ahora, además, según informa El Confidencial, la Abogacía del Estado tiene indicios para pensar que la financión de la votación fue a cargo de las subvenciones estatales.
El Gobierno de la Generalitat presidido por Carles Puigdemont eludió el control del Ministerio de Hacienda para enviar fondos asignados para otras finalidades a la celebración del referéndum. De acuerdo a un certificado del mismo ministerio al que ha tenido acceso el rotativo, el Govern habría malversado esta suma proveniente de las arcas centrales. Por esta razón la Abogacía del Estado reivindica su presencia en calidad de perjudicado en la causa que sigue el titular del 13 de Barcelona sobre las estructuras para un eventual estado catalán y aporta los datos proporcionados por el secretario de Estado de Hacienda que acreditan que una serie de recursos públicos de carácter estatal destinados a la comunidad autónoma debían estar destinados a una finalidad específica.
Desvío de fondos
Los letrados del Ejecutivo de Mariano Rajoy sostienen que los fondos para financiar el 1-O no salen únicamente del patrimonio que gestiona la autonomía, al tiempo que se saltan el control por parte del Estado para justificar el destino de dicha suma.
Cabe recordar que la Guardia Civil también ha acreditado gastos relacionados con la publicidad del referéndum de medio millón de euros. Desde la Abogacía del Estado han detectado diversos contratos para la campaña de catalanes en el exterior con un importe de 224.835,25 euros y para campaña del anuncio VÍAS con un importe de 277.804,36 euros.
28.535 millones
En el certficiado presentado en la causa sobre malversación de fondos, se observa el elevado porcentaje de participación del Estado en la financiación de Cataluña, que se cuantifica en el caso del último año, 2017, en 28.534,76 millones de euros.
Asimismo, los letrados aportan una nota explicativa de los distintos tipos de recursos financieros o no financieros sobre los cuales el Estado "puede considerarse ofendido o perjudicado por la indiciaria desviación de cantidades de aquellas finalidades que justifican la asignación de tales recursos".