El Juzgado Penal número 1 de Tortosa ha condenado a Manuel Pérez Cases a 4 años de prisión por el accidente que causó la muerte de Emma Curto y Manel Constantino, de 15 y 18 años respectivamente. Ambos circulaban en un ciclomotor por la Nacional 340 el 22 de diciembre de 2016, cuando fueron embestidos por la furgoneta de Pérez Cases, que dio positivo en cocaína.
La sentencia también le condena a 6 años de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotor, con pérdida definitiva del permiso de circulación. La jueza lo considera autor responsable de un delito contra la seguridad vial y dos delitos de homicidio por imprudencia grave, la pena máxima contemplada en el Código Penal.
La cocaína influyó en la conducción
Según la magistrada de la sala, ha quedado probado que Manuel Pérez Cases conducía bajo los efectos de la cocaína y que esto provocó el accidente. "Hay que concluir que no sólo había consumido drogas, de acuerdo con el análisis realizado, sino que además, este consumo influía en la conducción del vehículo, produciendo como consecuencia de ello el resultado lesivo", expone la sentencia.
La jueza ha rechazado todas las pruebas que pretendían exculpar o rebajar la responsabilidad de Pérez Cases y corrobora las conclusiones de la Fiscalía y los abogados de la acusación.
Falta de empatía
Así, concluye que "la furgoneta invadió el carril contrario, sin que influyera en esta acción el reventón de un neumático", y también rechaza que se vulnerara la cadena de custodia de las pruebas de drogas, tal y como argumentaba la defensa.
La falta de empatía del conductor es uno de los puntos donde la sentencia también pone énfasis. "El acusado, ya en el momento en que suceden los hechos, muestra una total falta de empatía con las víctimas, queriendo marchar y hablando de los regalos de Reyes para sus nietos, con la gravedad de los hechos que acababan de suceder", recuerda la magistrada.
Miradas "insultantes" ante los familiares
Añade que este comportamiento se dio incluso durante la celebración del juicio en Tortosa: "se hace necesario reseñar que esta actitud se ha mantenido hasta el día de la vista dado que, al entrar en la propia sala de vistas, se puso a mirar a los familiares de forma insultante, habiendo esta magistrada de intervenir, indicándole que no mirara al lugar donde se encontraban los mismos".
La acusación representada por los padres de Emma Curto ya ha anunciado que presentará recurso de apelación. Su abogada pidió durante la celebración del juicio que se contemplara en la calificación de la pena la agravante de conducción con temeridad manifiesta previsto en el art. 381 del Código Penal, que habría permitido imponer una pena máxima de 5 años.
Una demanda que no ha sido atendida por la magistrada, que considera que no se dan los requisitos que hacen concurrir esta circunstancia. Ahora será la Audiencia Provincial de Tarragona quien deberá dirimir sobre los recursos.