La Generalitat de Cataluña ha recibido la primera condena por falta de planes de prevención de la asbestosis, una enfermedad pulmonar derivada de la exposición al amianto. El Departamento de Interior deberá pagar un recargo del 40% en las prestaciones de un bombero incapacitado por esta dolencia, según sentencia judicial.
El Juzgado Social 13 de Barcelona ha desestimado el recurso que Interior, mediante la Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, presentó contra la resolución de la Seguridad Social que le obligaba a pagar este recargo, ante la falta de medidas de seguridad.
Ni medidas ni protocolos
En este sentido, la juez concluye que la exposición al amianto que tuvo el bombero, representado por Colectivo Ronda, pudo estar “favorecida por la falta de equipos de protección individual adecuados y a la falta de protocolos de actuación específicos que garantizaran la minimización del riesgo”.
Durante los años en que el bombero estuvo de servicio, la dirección general de prevención “no tomó las medidas necesarias para reducir” su exposición al amianto, ni consta “que haya ninguna medición de la cantidad o volumen de las partículas a las que se exponía el trabajador, en las situaciones de riesgo”.
Manoplas ignífugas
La sentencia concluye que los bomberos pueden estar expuestos al amianto por su trabajo en la extinción de incendios en naves industriales o edificios que tengan ese material, así como en las operaciones de limpieza posteriores, según los informes de la Inspección de Trabajo.
Atrás quedan los años 70 y 80 del siglo pasado, en los que los bomberos usaban manoplas de amianto para protegerse de las quemaduras, dadas las propiedades ignífugas de ese material, o el trabajo de limpieza de sus equipos que realizaban los mismos apagafuegos hasta la década posterior.