En los pasillos de la Dirección General de la Policía no esconden su malestar y su contrariedad por el contendido de la sentencia 481/2017 dictada por el pleno del Tribunal Supremo, que “considera desproporcionado agravar el castigo a los hurtadores multirreincidentes”.
Fuentes policiales consultadas por Crónica Global afirman que “la sentencia pone palos en las ruedas” a la actuación de las unidades de investigación que, desde hace más de 15 años en Cataluña, persiguen a las mafias que se dedican a los hurtos o robos al descuido como si se tratasen de organizaciones criminales.
Sentencia abusiva
La sentencia cree abusivo que se incremente la pena y el grado punitivo a un individuo que haya sido detenido y juzgado por un hurto, aunque le consten tres o más antecedentes por el mismos tipo delictivo o falta.
Los Mossos d'Esquadra, que disponen de un grupo especializado en estos delitos de baja intensidad, se mostraron satisfechos con las recientes reformas legales que tipificaban el delito “agravado” en caso de multirreincidencia de faltas.
Mayoría, no unanimidad
Sin embargo, el Tribunal Supremo, reunido su plenario con los 16 magistrados, ha concluido que esta reforma era abusiva y por ello ha reducido la pena a un hurtador sentenciado en Barcelona de ocho meses a 21 días.
Seis de los 16 magistrados han emitido un voto particular diferente a la mayoría en el que sí consideran ajustado a derecho que se penalice más a quien más reincida, por pequeño que sea el delito.
Mafia de carteristas
En Cataluña, los Mossos han logrado acreditar que existen verdaderos grupos organizados de carteristas que, aun a pequeña escala, pueden ser considerados banda organizada.
Con ese argumento, la policía ha conseguido, incluso, penas de cárcel. Sin embargo, la sentencia del Supremo maniata a los investigadores, impotentes ante la levedad del castigo y la sensación de impunidad que ello conlleva.