La libertad sin fianza para Iñaki Urdangarin y Diego Torres, declarados culpables por el caso Nóos, era una de las opciones que tenía el tribunal. Ahora, los abogados van un paso más allá y defienden la presunción de inocencia del exduque de Palma y de su exsocio, al menos, hasta que haya una resolución firme.
Uno de los abogados personados en la causa, José Ignacio Herrero, ha manifestado que “el mejor razonamiento es el que realiza la sentencia con respecto a la presunción de inocencia: mientras no sea firme la resolución, la presunción constitucional de inocencia continúa existiendo, y si no han huido cuando les pedían hasta 19 años y medio de cárcel no existe motivo para que huyan siendo la condena eventual muy inferior”.
Fuga difícil
En declaraciones a Crónica Global, alude además a las dificultades que conllevarían una fuga. Los sistemas de huida se basan en un cambio de identidad o en el traslado a países sin tratado de extradición. “No es fácil en ninguno de ellos el cambio de identidad, pues es bastante notoria. Y los países sin tratado de extradición con España son actualmente mínimos e incómodos (Afganistán, por ejemplo)”, añade el penalista.
Por su parte, el letrado José Antonio Infiesta va un paso más allá en cuanto a la actuación de la Fiscalía: “Le ha faltado valentía para reconocer en la calle lo que implícitamente ha reconocido en sala, solicitando una fianza menor y sin aportar argumentos jurídicos, más allá de la existencia de una condena, insuficiente per se para adoptar la medida”.
Infiesta: “No procede la prisión”
“Por no aportar argumentos respecto de otros criterios relevantes –arraigo y conducta observada hasta el momento—, ha dejado en manos de las magistradas la valoración de los mismos. Y éstas han optado por una decisión absolutamente lógica”, añade Infiesta. Incide, como ellas, en que los condenados “han comparecido puntualmente a todos y cada uno de los llamamientos que se le han realizado”.
“No procede la prisión, por más que no le guste a la gente, espoleada por una desaforada fase de instrucción construida a base de palos de ciego”, ha recalcado, tajante.
El día en los juzgados
Tras días de incertidumbre desde que salió la sentencia del caso Nóos, la Audiencia Provincial de Baleares ha despejado el horizonte inmediato de Urdangarin y Torres a la espera de recurso y de que el Supremo revise las penas que les han sido impuestas –6 años y 3 meses de cárcel al exduque y 8 años y 6 meses a su exsocio—.
Frente al criterio de la Fiscalía Anticorrupción, que reclamaba para el marido de la infanta Cristina su ingreso en prisión eludible bajo fianza de 200.000 euros, y de 100.000 euros para Torres, las magistradas han echado por tierra los alegatos del Ministerio Público. Mediante un duro auto, subrayan que Urdangarin y Torres “en ningún momento” han tratado de esquivar la acción de la justicia.
Inexistencia de riesgo de fuga
De hecho, frente al riesgo de fuga sostenido por la acusación, el tribunal recalca que ambos han comparecido a todos los llamamientos judiciales a los que se les ha emplazado en todas las instancias, al igual que “hoy, a la hora indicada”.
Aunque esta vez no era la rampa de los Juzgados de Palma la que tenían que descender Urdangarin y Torres, sí recorrieron los metros que les separaban de sus respectivos vehículos de las puertas de la Audiencia entre gritos de “ladrones, chorizos” de la multitud que les esperaba.
"Arraigo suficiente"
La presencia de los dos exsocios de nuevo en la capital balear ha servido a las magistradas para reforzar sus argumentos. Además, señalan en su auto cómo ambos “disponen de arraigo suficiente (familiar, social y laboral) en territorio nacional, especialmente don Iñaki Urdangarin”, unas circunstancias que llevan al tribunal a aseverar que el riesgo de fuga podría ser disuadido con medidas “menos gravosas” que el ingreso en prisión provisional.
Urdangarin podrá regresar a Ginebra, donde reside desde agosto de 2013 junto a la Infanta y sus cuatro hijos, aunque deberá comparecer el día 1 de cada mes en dependencias judiciales (en su caso en Suiza). Torres, por su parte, se queda sin pasaporte y solo puede abandonar el territorio nacional previa autorización.
Jurisprudencia sobre la prisión preventiva
El tribunal se ampara, además, en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para consolidar su decisión. De hecho, el TEDH apunta a la ausencia de arraigo, la carencia de vínculos afectivos o la posibilidad de transferir fondos al extranjero como circunstancias que incrementan el riesgo de fuga.
En cualquier caso, las magistradas aperciben tanto a Urdangarin como a Torres. Y lo hacen advirtiéndoles de la obligación de que comuniquen al tribunal cualquier cambio de domicilio o residencia, aun cuando la misma sea temporal, además de manifestarles que el incumplimiento de cualquiera de las medidas cautelares que pesan sobre ellos podría conllevar, esta vez sí, su ingreso en prisión provisional.